PALAVECINO PABLO EUGENIO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo del 22/01/2025 reclamando indemnización conforme ley 24.557 y sus modificatorias. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $17.751.125, aplicando interés puro del 3% anual por mayoría.
¿Quién es el actor?
PABLO EUGENIO PALAVECINO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad permanente derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 22/01/2025, conforme art. 14 inc. 2 "a" Ley 24.557 y normas complementarias.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019; se hizo lugar a la demanda y se condenó a PROVINCIA ART S.A. a abonar en diez días la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($17.751.125). Se impusieron costas a la demandada, se reguló honorarios (letrados y peritos) y se fijaron intereses y reglas de pago e incumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con relación al DNU 669/19 el Tribunal -en su anterior integración- se ha expedido declarando su inconstitucionalidad e inaplicabilidad por los distintos fundamentos expresados en las sentencias pronunciadas, a los que adhiero y remito por cuestiones de economía procesal, destacando que el mismo fue dictado con posterioridad a la creación de la Comisión Bicameral Permanente (Ley 26.122), sin que se observe el cumplimiento de la intervención legislativa por parte del Congreso Nacional donde el mismo se haya pronunciado expresamente acerca del rechazo o aprobación siendo ello razón suficiente para determinar su invalidez constitucional dado que no se encuentra cumplida una de las condiciones exigibles para validar el ejercicio de la excepcional atribución concedida al Poder Ejecutivo.
Por otro lado, tampoco supera la norma el test de validez constitucional en la medida que no se verifica la concurrencia de las razones de necesidad y urgencia que tornaran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes (art 99 inc. 3 CN).
Dichos argumentos han sido los tenidos en cuenta por nuestro Superior Tribunal de forma reciente para rechazar el recurso extraordinario interpuesto por la ART condenada y convalidar la decisión del Tribunal del Trabajo que había declarado de oficio la inconstitucionalidad de la norma (SCBA, L. 129.800 "Muzychuk", sent. del 14-7-2025).-
Por ello, propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que en consecuencia, no resulta aplicable en autos."
"En consecuencia, la presente acción debe prosperar por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO"
"Otra parte decisoria: 1) DECLARAR la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019 ... y por mayoría determinar que sobre las sumas calculadas se adicione un interés puro del orden del 3% anual. ... 3) HACER LUGAR a la demanda iniciada por PABLO EUGENIO PALAVECINO ... y en consecuencia condenar a la demandada a abonarle, en el término de diez días de notificada, la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO."
Si bien el primer votante propuso adicionar "un interés puro del orden del 6 % anual", el voto de mayoría (adhesión del Dr. Valcarce y Dra. Cáceres) fijó el interés puro aplicable en 3% anual; ello queda recogido en el bloque dispositivo final como decisión de la mayoría.
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Normas que cita
Fallos que cita
- "Muzychuk"SCBA · 14/07/2025
- "Barrios" C. 124.096SCBA · 17/04/2024
- "Aquino"CSJN · 21/09/2004
- "Pallasa" Q-75.064SCBA · 06/11/2019
- "Zuccoli c/ Sum S.A. s/ Ds. y Ps."SCBA · 02/10/2002
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