JurisprudenciaARG
Primera Instancia

PIÑEL MARIA SOLEDAD C/ ARTIGUES DARIO JAVIER S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La actora solicitó la homologación de una transacción por relación laboral (cuidado de personas) por $4.000.000,00 con pago en dos cuotas. El Tribunal homologó la transacción, ordenó el depósito en la cuenta bancaria denunciada del actor, impuso costas a la parte demandada y reguló honorarios profesionales conforme a las normas invocadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
TL-6138-2026
Transaccion Homologacion Relacion de trabajo Cuidado de personas (ley 26.844) $4.000.000 Deposito en cbu Costas a la parte demandada Honorarios (20% / jus) Art. 15 lct Ley 6.716 Art. 277 lct

¿Quién es el actor?

María Soledad Piñel.

¿A quién se demanda?

Darío Javier Artigues.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de homologación de transacción/ convenio en causa laboral (relación de servicio por cuidado de personas ingresada 01/08/2024 a 15/09/2026) por monto total de $4.000.000,00, con imputaciones eventuales a rubros laborales y pago en dos cuotas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la homologación de la transacción; se ordenó el pago en la cuenta denunciada del actor, se impusieron las costas a la parte demandada, se eximió del 50% del pago del sellado a la parte obligada al pago, se regularon y fijaron los honorarios profesionales y se intimó a los letrados a acreditar pagos y denunciar CBU según las normas indicadas. La decisión fue adoptada por unanimidad (los tres jueces adhirieron).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."

"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio."

Resolución dispositiva (extracto):

"3º).- HOMOLOGAR en cuanto hubiere lugar por derecho la TRANSACCION celebrada entre las partes ... CLAUSULA SEGUNDA ... ofrece abonar la suma única total y definitiva de PESOS cuatro millones ($4.000.000,00) ... en 2 pagos: el primero de ellos a la homologacion del presente acuerdo y el segundo a los 30 días del primer deposito."

Sobre modalidad de pago y nulidad: "El pago realizado de la forma indicada deberá ser justificado en el expediente mediante constancia adjunta que acredite su cumplimiento en el término de cinco (5) días de su cumplimiento. Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)."

Sobre honorarios y cuentas: "Los honorarios profesionales ... serán abonados por la parte requerida, fijándose los mismos en el 20% del monto acordado ... Regular los honorarios profesionales devengados por los Dres. Daiana Yanel Ortiz y Alejandro Meireles, en la en la cantidad de 15,0285542531 Jus ... a las que se adicionará el 10% que determina el art. 12 de la ley 6.716 ... y el porcentaje de I.V.A, si correspondiere."

Adhesión de magistrados: "Que por iguales fundamentos adhieren a lo expresado precedentemente." (Drs. Rodriguez y Yannibelli).

¿Cómo votaron los jueces?

Unánime (los tres jueces adhirieron al voto de la Dra. Baldoni). No se registran disidencias.

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.