FERRARO NORMA MABEL C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora demandó por prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. El Tribunal, por mayoría, hizo lugar a la demanda, condenó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires al pago de $13.838.163,36 y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del art. 12 Ley 24.557 (según art. 11 Ley 27.348).
¿Quién es el actor?
Norma Mabel Ferraro, representada por el Dr. Carlos Agustín Rey.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (autosegurado; Provincia ART S.A. gerenciadora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por incapacidad permanente y parcial derivada de accidente de trabajo ocurrido el 23/10/2020; plus planteos de inconstitucionalidad de normas (DNU 669/2019, art.12 Ley 24.557, normas provinciales y decretos).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, hacer lugar a la demanda en lo que interesa, condenando al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires al pago de $13.838.163,36 dentro de los 60 días de quedar firme el pronunciamiento, declarando la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del art.12 Ley 24.557 (según art.11 Ley 27.348), rechazando el resto de los planteos y diferiendo regulación de honorarios. Se imponen las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I - HACER LUGAR a la demanda interpuesta por NORMA MABEL FERRARO contra GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y condenar a este último al pago dentro de los sesenta días de quedar firme este pronunciamiento por aplicación de lo dispuesto en el artículo 70 ley 15.394 y por extensión del artículo 163 Constitución provincial de $ 13.838.163,36 (pesos trece millones ochocientos treinta y ocho mil ciento sesenta y tres con 36/100) a la fecha de este pronunciamiento en concepto de prestaciones dinerarias del artículo 14.2.a ley 24.557 y 3 ley 26.773, desestimándose lo demás peticionado, declarándose la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del art. 12 ley 24.557 según art. 11 ley 27.348, rechazándose respecto del decreto 659/1996 y abstracta sobre las demás normas de las leyes 24.557, 27.348 y ley provincial 14.997."
"Por lo tanto, atento a la nueva doctrina legal y en orden a lo establecido en el art. 82 ley 15.057 en cuanto establece su obligatoriedad para los tribunales inferiores, propongo la declaración de inconstitucionalidad de oficio del DNU 669/2019 en tanto modificó al artículo 12.2 ley 24.557. Por consiguiente, resultará de aplicación su anterior redacción conforme al artículo 11 ley 27.348 y que, en concreto, determina 'un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina' hasta la liquidación."
"En consecuencia, conforme a los puntos 2 y 4 del apartado respectivo establecido en el baremo del decreto 659/96, la suma de los factores de ponderación ascienden a 10,56%... resultando: (1 + 0,1056) x 5%: 5,53% de la total obrera, lo que así tengo por comprobado."
¿Cómo votaron los jueces?
El bloque dispositivo final, acordado por mayoría (votos Aparisi y López adheridos al dispositivo), es el que manda. El tribunal aplicó el baremo del Dto. 659/1996, determinó incapacidad del 5,53% de la total obrera (muñeca izquierda no hábil), calculó ingreso base mensual y aplicó actualización por RIPTE propuesta por el voto de mayoría, resultando la condena de $13.838.163,36; declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y la redacción del art.12 Ley 24.557 modificada por Ley 27.348 en lo pertinente al mecanismo sustituido por el DNU, y mantuvo vigente el Decreto 659/1996.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 15.394 de Buenos AiresLey de presupuesto general para el ejercicio 2023
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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