SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA RE C/ OSVALDO SPITALE MAQUINARIAS S.A S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL
El Sindicato (SMATA) promovió ejecución por cobro de aportes de cuota sindical por $1.142.846,09 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, impuso las costas a la ejecutada y diferió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSP. AUTOMOTOR (S.M.A.T.A.)
¿A quién se demanda?
OSVALDO SPITALE MAQUINARIAS S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aportes de cuota sindical por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 09/100 ctvos. ($ 1.142.846,09) más intereses (art. 5 Ley 24.642).
¿Qué se resolvió?
Se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de la suma reclamada con más intereses; se impusieron las costas a la ejecutada por resultar vencida; se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad del Art. 51 del Dec. Ley 14967 y 501 del CPCC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la ejecutada no ha opuesto la excepción prevista en el art. 9 Ley 13.406, no obstante estar debidamente citada conforme surge del mandamiento de fecha 12/12/2025."
"Que en consecuencia corresponde mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada OSVALDO SPITALE MAQUINARIAS S.A haga íntegro pago al ejecutante S.M.A.T.A.(SINDIXCATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANS. AUTOMOTOR de la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 09/100 ctvos. ($ 1.142.846,09) en concepto de aportes de cuota sindical reclamado (art. 5 Ley 24.642) con más sus intereses."
"Que las costas de la presente ejecución deben imponerse a la ejecutada, en su carácter de vencida (Art. 24 Ley 15.057)."
Bloque dispositvo final (textual):
"RESUELVE:
MANDAR llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada OSVALDO SPITALE MAQUINARIAS S.A haga íntegro pago al actor S.M.A.T.A.(SINDIXCATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANS. AUTOMOTOR de la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 09/100 ctvos. ($ 1.142.846,09) con más sus intereses.-
IMPONER las costas a la ejecutada por resultar vencida (Art. 68 CPCC).-
DIFERIR la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 del Dec. Ley 14967 y 501 del CPCC.-
REGISTRESE y NOTIFIQUESE.-"
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Normas que cita
- Ley 13.406art. 9
- Ley 24.642art. 5 · Asociaciones sindicales de trabajdores
- Ley 15.057art. 24; 60
- CPCCart. 549 y concs.; 501; 68
- Decreto-ley 14967art. 51
- Ley 14.967 de Buenos Aires
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