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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MORALES ANABELA MARIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal provincial contra Morales por deuda tributaria por $1.527.433,00. El Tribunal hace lugar a la demanda y ordena continuar la ejecución hasta el pago íntegro, con costas a la demandada y cálculo de intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-31023-2026
Ejecucion provincial Apremio Deuda fiscal Intereses articulo 104 codigo fiscal Costas Perdida de excepcion por vencimiento Monto $1.527.433 00 Ley 13.406 Cpcc Notificacion electronica

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

MORALES ANABELA MARIEL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por capital reclamado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON 0/100 ($1.527.433,00) más los intereses devengados según el art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la deudora haga íntegro pago del capital reclamado y los intereses; costas a la demandada vencida; difiriéndose la regulación de honorarios para momento oportuno.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MORALES ANABELA MARIEL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON 0/100 ($1.527.433,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 27161004443@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

Normas que cita

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