FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BECERRA ALICIA BIBIANA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial contra Alicia Bibiana Becerra por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó la ejecución hasta el pago de $785.561,90 más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
BECERRA ALICIA BIBIANA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por deuda fiscal por el capital reclamado de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 90/100 ($785.561,90) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda y se manda llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital y los intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor BECERRA ALICIA BIBIANA haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 90/100 ($785.561,90) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406)."
No se registran votos en disidencia en el texto suministrado.
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Normas que cita
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41, 155, 166, 540, 549, 556, 68
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 10, 25
- CODIGO FISCAL (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Acordada 4013 (Scba)art. Anexo único art.10
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