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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARQUEZ YAIR DAVID S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal por apremio provincial contra MARQUEZ YAIR DAVID para cobrar $1.351.135,90 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, imponiendo costas a la demandada y deferiendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-35494-2026
Ejecucion fiscal Apremio provincial Fisco provincia de buenos aires Mora Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad (arts. 166 y 155 cpcc) Costas Honorarios Domicilio constituido Juez de primera instancia

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

MARQUEZ YAIR DAVID.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de Pesos UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON 90/100 ($1.351.135,90) más intereses.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la demanda. Mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor haga íntegro pago del capital reclamado y los intereses devengados conforme el art. 104 del Código Fiscal; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MARQUEZ YAIR DAVID haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON 90/100 ($1.351.135,90) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406)."

No se consignan votos en disidencia.

Leyes que cita

  • Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…

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