FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BREA IGNACIO S/ APREMIO PROVINCIAL
Embargo por apremio provincial contra Brea Ignacio por deuda fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta el íntegro pago de $949.742,30 más intereses fiscales, costas y gastos, por no haberse opuesto el ejecutado dentro del plazo legal.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
BREA, IGNACIO (DNI N° 28.728.371).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio provincial por capital reclamado conforme Título Ejecutivo Nro. 1500129 por la suma de $949.742,30, más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago del capital reclamado ($949.742,30), más intereses, gastos y costas; se difiere regulación de honorarios; se constituye domicilio en estrados; se notifica conforme art. 41 del CPCC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC).
Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC.,
¿Qué se resolvió?
Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada BREA, IGNACIO (DNI N° 28.728.371) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 949.742,30), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1500129-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC).
Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967.
Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC).
Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle DORREGO N° 3654 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92).
REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA).
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Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)art. 7
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 155, 540, 556, 41
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)arts. (Código Fiscal) 96, 104
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- 2514/92 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
- 4039 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 11 inc. a
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