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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TRANSPORTES ESCARIS SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal contra TRANSPORTES ESCARIS SRL por pago de capital reclamado de $5.921.452,70. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago del capital y aplicó intereses según el artículo 104 del Código Fiscal, imponiendo costas a la vencida y constituyendo domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
99426
Ejecucion provincial Ejecucion fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Constitucion de domicilio procesal Fisco provincia de buenos aires Remate Decreto-ley 8904/77 Cpcc Transportes escaris srl Nota sobre jurisdiccion del decreto-ley 8.904/77: el texto menciona decreto-ley 8.904/77 y modificatorias El bloque lo consigne como decreto-ley 8.904/77 (ano 1977) sin otro detalle en el fallo. si alguna norma en el texto tuviera jurisdiccion distinta a la indicada Se consigno la jurisdiccion conforme aparece o cabe presumir por el contexto del fallo.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

TRANSPORTES ESCARIS SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución provincial por capital reclamado de Pesos CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 70/100 ($5.921.452,70) más intereses desde la interposición de la demanda (09/09/2026) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Mandar ejecutar hasta tanto el demandado pague íntegramente el monto reclamado con los intereses legales; costas a la vencida; constitución del domicilio procesal en los estrados del Juzgado por apercibimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado TRANSPORTES ESCARIS SRL haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 70/100 ($5.921.452,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -9/9/2026 - y hasta su efectivo pago.-

2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias).-

3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 10/9/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio LZOROZA@FEPBA.GOV.AR.-"

Además, el considerando previo expresa:

"Habiendo sido el demandado TRANSPORTES ESCARIS SRL intimado de pago en el domicilio de calle GONCALVES DIAS 420 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - CIUDAD AUTONOMA DE BS.AS. - 1276 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: ..."

(No hay votos divididos; la parte resolutiva final es la decisión del Tribunal.)

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