FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ KUPAL LOGISTICA S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Kupal Logística S.A. para cobrar $125.889,20 más intereses. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el pago íntegro, impuso las costas a la vencida y constituyó domicilio electrónico del demandado en los estrados del Juzgado por notificación practicada.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Kupal Logística S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de deuda fiscal por capital reclamado PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 20/100 ($125.889,20), con intereses desde la interposición de la demanda (27-12-2018) según art. 104 del Código Fiscal.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la ejecución solicitada y se ordena llevarla adelante hasta el pago completo del capital reclamado más intereses; se imponen las costas a la vencida y se difiere la regulación de honorarios; se tiene constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado por haber sido debidamente notificado del apercibimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado KUPAL LOGISTICA S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 20/100 ($125.889,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -27-12-2018 - y hasta su efectivo pago."
"Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)."
"Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 5-2-2019, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20278275036@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."
Observaciones procesales relevantes: El Actuario informó que el demandado fue intimado en el domicilio de Bolivia 95, Piso 19° Depto A, CABA y no presentó excepciones legítimas en término, por lo que "dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."
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Leyes que cita
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
- Ley 10.397 de Buenos AiresCódigo fiscal
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