FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DONILERCO SA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra DONILERCO SA por deuda fiscal por $488.886,10 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta el íntegro pago del capital reclamado e intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, imponiendo las costas al vencido y difiriendo la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor)
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
A quién se demanda (Demandado)
DONILERCO SA.
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Ejecución por apremio provincial del capital reclamado por Pesos CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 10/100 ($488.886,10) y sus intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. También se menciona pago del Bono ley 8480 en la actuación.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se hizo lugar a la ejecución: se mandó llevar adelante la causa de trance y remate y la ejecución hasta que la parte ejecutada pague íntegramente el capital reclamado ($488.886,10) más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14.967. Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado y se ordenaron las notificaciones pertinentes.
Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos)
"VISTOS: Estos autos caratulados 'FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DONILERCO SA S/ APREMIO PROVINCIAL' venidos a despacho en condiciones de dictar sentencia.-
Y CONSIDERANDO: No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :"
"RESUELVO:
I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 10/100 ($488.886,10) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-
II.- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE - NOTIFIQUESE.- en los términos del art. 13 LAP.- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."
(Voto/considerando: el tribunal expone que la parte ejecutada no opuso excepciones en término y, por ello, "désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406)".)
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Normas que cita
- Ley 13406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 10, 15, 22, 25
- Ley 14967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Ley 8480 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 39/11
- CODIGO FISCAL (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Acordada 4013 (Scba)
- Acordada 4039 (Scba)
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