FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DUENK IRENE NOEMI S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Irene Noemí Duenk por deuda tributaria exigida en $1.006.267,30 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta el pago íntegro del capital reclamado e intereses, imponiendo las costas al vencido y difiriendo regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
DUENK IRENE NOEMI.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago del capital reclamado por deuda fiscal por Pesos UN MILLON SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 30/100 ($1.006.267,30) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; ejecución por apremio provincial (trance y remate).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada abone el monto indicado con sus intereses, se imponen las costas al vencido y se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad legalmente prevista. Además, se tiene por acreditado el pago del Bono Ley 8480 y en anticipo los aportes previsionales conforme Ley 6716, según presentación de apoderado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados 'FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DUENK IRENE NOEMI S/ APREMIO PROVINCIAL' venidos a despacho en condiciones de dictar sentencia.-
Y CONSIDERANDO: No habiendo la parte ejecutada, opuesto excepciones legítimas dentro de lo establecido en el Art. 9 de la Ley 13406, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).- Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406.
¿Qué se resolvió?
I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLON SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 30/100 ($1.006.267,30) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-
II.- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). REGISTRESE - NOTIFIQUESE, en los términos del art. 13 LAP.- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."
Observaciones relevantes: En el cuerpo procesal se registra que con la presentación electrónica del Dr. Héctor Norberto Mirkin de fecha 27/9/2026 se tuvo por acreditado el pago del Bono Ley 8480 y en anticipo de los Aportes Previsionales conforme Ley 6716; se ordena notificar conforme Acuerdos 4013 y 4039/21 del SCBA.
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
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