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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ INDUSTRIAS VICTOR JURI SA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecutan por apremio provincial a INDUSTRIAS VICTOR JURI S.A. por $3.981.916,80 más intereses del art. 104 del Código Fiscal desde 24/4/2026. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y declaró constituido el domicilio procesal en los estrados por hallarse anoticiado, imponiendo costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
51847
Apremio provincial Ejecucion Trance y remate Codigo fiscal art.104 Domicilio constituido Costas al vencido Ley 13.406 Cpcc art.155 Fisco provincial Monto $3.981.916 80

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

INDUSTRIAS VICTOR JURI S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago del capital reclamado por $3.981.916,80 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (24/4/2026) hasta su efectivo pago; ejecución por apremio provincial (trance y remate).

¿Qué se resolvió?

Se ordenó continuar la ejecución (trance y remate) hasta el íntegro pago del capital reclamada y los intereses; se impusieron las costas al vencido; se constituyó el domicilio procesal del demandado en los estrados del juzgado y las notificaciones se practicarán por Ministerio Legis.; se difirió la regulación de honorarios conforme art. 51 Ley 14.967.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio FISCAL: CALLE RUTA PROVINCIAL 51 KM - NRO. 119 - CP. 6725 - LOC. CARMEN DE ARECO, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC)."

"I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado INDUSTRIAS VICTOR JURI S.A., haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 80/100 ($3.981.916,80) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 24/4/2026 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437)."

"II.- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 28/04/2026, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 18/09/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis."

"III.- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al Dr. COTOGNINI GABRIEL LEONARDO en cotognini@fepba.gov.ar y al accionado en los términos del art.133 del CPCC (cfme art. 13 de la Ley 13.406)."

Leyes que cita

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