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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LDI CARGAS S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal (apremio provincial) contra Ldi Cargas S.A. por deuda tributaria. El Tribunal ordenó la ejecución, condenó a la ejecutada al pago de $3.068.571,60 más intereses y costas, y dejó constituido el domicilio en los estrados por incumplimiento de notificaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CAMPANA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
26737
Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Constitucion de domicilio Titulo ejecutivo Intereses Costas Provincia de buenos aires Codigo fiscal ley 10.397 Perdida del derecho de defensa

¿Quién es el actor?

Fisco De La Provincia De Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Ldi Cargas S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal apremio provincial por deuda resultante del título ejecutivo; pago del capital reclamado de Pesos Tres Millones Sesenta Y Ocho Mil Quinientos Setenta Y Uno con 60/100 ($3.068.571,60), más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; costas a cargo de la ejecutada; diferimiento de regulación de honorarios; constitución del domicilio en los estrados por incumplimiento de notificaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Los Mandarinos - Nro. 320 - Cp. 1627 - Loc. Matheu domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."

"II.- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."

¿Qué se resolvió?

"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada Ldi Cargas S A haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Tres Millones Sesenta Y Ocho Mil Quinientos Setenta Y Uno Con 60/100 ($3.068.571,60), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."

"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."

"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

(No se consignan votos contradictorios ni división; el dispositivo es claro y constituye la decisión del Tribunal.)

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