JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ CURIALE, ENZO EZEQUIEL s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

Cobro de pesos promovido por el Banco Nación contra Curiale por deuda de tarjeta de crédito. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $820.549,64 más intereses y costas, imponiendo además el sellado judicial del 3% y diferimiento de la regulación de honorarios hasta existir base económica firme.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 018963/2024
Cobro de pesos Tarjeta de credito Banco nacion Deuda Intereses pactados Confesional Rebeldia Costas Sellado judicial 3% Honorarios diferidos

¿Quién es el actor?

BANCO DE LA NACION ARGENTINA (B.N.A.), representado por Dra. Angeles Soledad Rodriguez.

¿A quién se demanda?

Sr. ENZO EZEQUIEL CURIALE.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (sumas de dinero) por saldo adeudado en tarjeta de crédito NATIVA Nación, por la suma total reclamada de $820.549,64 (compuesta por $806.581,09 con fecha de mora 30/05/2024 y $13.968,55 con fecha de mora 31/10/2024) más intereses pactados.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se ordena al accionado pagar a la actora, dentro de los diez (10) días de quedar firme el pronunciamiento, la suma de $820.549,64 (detallada por fechas de mora), más los intereses pactados hasta su efectivo pago; se imponen las costas a la demandada; se fija el sellado judicial en 3% del capital e intereses a cargo de la demandada; se difiere la regulación de honorarios hasta existir base económica firme; y se dispone el reintegro a la actora de aportes previsionales si hubieran sido abonados por el BNA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la actora ha desplegado una actividad probatoria que acredita fehacientemente los extremos fácticos que sustentan su pretensión, consistente esencialmente en la prueba documental y confesional.

En efecto, el informe de deuda extendido por el Sr. Gerente del Banco de la Nación Argentina, resulta el monto que se demanda de pesos ochocientos veinte mil quinientos cuarenta y nueve con sesenta y cuatro ($820.549,64). Dicho monto se integra por la suma de $ 806.581,09 cuya fecha de mora es 30/05/2024 y la suma de $ 13.968,55 cuya fecha de mora es 31/10/2024. Respecto de la confesional, cabe aplicar el apercibimiento legal, contenido en el art. 417 del ritual, atento la incomparecencia del demandado a la audiencia respectiva, con lo cual, se lo tiene por confeso de los hechos personales, que dan cuenta el pliego agregado al tiempo de formalizarse la audiencia.

Que ensamblando ambos elementos, surgen acreditados los hechos en que se funda la demanda, como así también, la modalidad, existencia, intereses, condiciones e instrumentación del crédito que reclama, en función del aludido reconocimiento, y de los elementos probatorios agregados a la causa. En efecto, obra acreditada tanto, la solicitud de préstamo, con sus anexos, y la utilización por el demandado."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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