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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MEDINA PATRICIA ROXANA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal (trance y remate) contra Patricia Roxana Medina por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago de $871.893,10 más intereses, rechazando las excepciones por falta de oposición y declarando constituido domicilio en los estrados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CAMPANA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
27468
Ejecucion fiscal Trance y remate Deuda tributaria Constitucion de domicilio Perdida del derecho dejado de usar Intereses Costas Honorarios diferidos Ley 10.397 Ley 13.406

¿Quién es el actor?

Fisco De La Provincia De Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Patricia Roxana Medina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal (trance y remate) por el pago del capital reclamada de Pesos Ochocientos Setenta Y Un Mil Ochocientos Noventa Y Tres Con 10/100 ($871.893,10) más intereses conforme título ejecutivo agregado.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó continuar la ejecución y remate hasta tanto la ejecutada abone íntegramente el capital reclamado ($871.893,10) más intereses; costas para la actora; se difiere regulación de honorarios; y se tiene por constituido el domicilio procesal en los estrados por la inobservancia de notificaciones domiciliarias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Sarmiento - Nro. 1477 - Cp. 2800 - Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."

"II.- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."

Bloque dispositvo:

"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutada Patricia Roxana Medina haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Ochocientos Setenta Y Un Mil Ochocientos Noventa Y Tres Con 10/100 ($871.893,10), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."

"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."

"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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