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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SELLES PABLO EUGENIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal (apremio provincial) por deuda tributaria reclamada en título ejecutivo. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y conminó al pago de $2.075.838,70 más intereses, disponiendo costas y constituyendo domicilio del ejecutado en los estrados por incumplimiento de notificaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CAMPANA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
26639
Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Titulo ejecutivo Perdida de derecho a excepciones Constitucion de domicilio Costas Honorarios diferidos Codigo fiscal ley 10.397 Cpcc (proceso civil provincial)

¿Quién es el actor?

Fisco De La Provincia De Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Pablo Eugenio Selles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal (trance y remate) por deuda consignada en título ejecutivo por la suma de Pesos Dos Millones Setenta Y Cinco Mil Ochocientos Treinta Y Ocho Con 70/100 ($2.075.838,70) más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución: se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga el pago íntegro del capital reclamado ($2.075.838,70) con los intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago; costas a cargo del ejecutado; se difiere la regulación de honorarios hasta que haya liquidación firme; se constituye domicilio del ejecutado en los estrados por no haber cumplido con los requisitos de notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Los Olmos - Nro. 313 - Cp. 1623 - Loc. Ingeniero Maschwitz domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."

"II.- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."

"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Pablo Eugenio Selles haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Dos Millones Setenta Y Cinco Mil Ochocientos Treinta Y Ocho Con 70/100 ($2.075.838,70), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."

Asimismo, el Tribunal dispuso: "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." y "3º) No habiendo el ejecutado dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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