BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GONZALEZ ALAN NORBERTO EZEQUIEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro sumario por saldos impagos de dos tarjetas de crédito por $533.501,49. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando al demandado al pago de $533.501,49 más intereses calculados a la tasa activa de descuento a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde las fechas de mora indicadas.
¿Quién es el actor?
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por Dr. Mariano Oscar D'Alessandro.
¿A quién se demanda?
Sr. GONZALEZ, ALAN NORBERTO EZEQUIEL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro sumario de sumas de dinero por saldos adeudados de tarjetas de crédito VISA (cuenta 1168413303) y MASTERCARD (cuenta 1357458), por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($533.501,49), más intereses, costas y costos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se condena al demandado al pago de $533.501,49 dentro de los diez días de aprobada la liquidación, más intereses desde las fechas de mora indicadas (19/10/2023 para Mastercard por $177.804,09 y 26/10/2023 para Visa por $355.697,40) hasta su efectivo pago; costas al demandado y regulación de honorarios diferida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La incontestación de la demanda debe estimarse como un reconocimiento de la verdad de los hechos expuestos por la parte actora, por lo que el litigio no presenta aspectos fácticos para resolver, los que, por lo demás, se encuentran acreditados con la documentación acompañada (arts. 354 inc. 1° del CPCC; Cám. Apel. Civ. y Com. Lomas de Zamora, Sala II, causa 4661 del 22 de abril de 1978 y B-28473 C.S. marzo 11/974, CNCiv. Sala A, octubre 25/974, E.D. 61-207)."
"En consecuencia, a los fines de la dilucidación de la presente litis, cabe tener por reconocida la autenticidad de la documentación acompañada como prueba por la parte actora con la demanda y por cierta la relación contractual existente entre las partes, así como también la falta de pago de la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($533.501,49), conforme se desprende de los estados de cuenta de las tarjetas de crédito acompañados. En atención a ello, corresponde acoger favorablemente la demanda instaurada."
"Al monto de condena se le adicionarán los intereses, por todo concepto, a la tasa activa de descuento a treinta días en pesos que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, vigente en los distintos períodos de aplicación (Ac. 43.858 S.C.J.B.A.), en virtud de ser la actora una entidad financiera cuyo objeto es la intermediación en el crédito..."
¿Qué se resolvió?
"I.- Hacer lugar a la demanda promovida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra el Sr. GONZALEZ, ALAN NORBERTO EZEQUIEL, por cobro sumario de sumas de dinero.
II.- En consecuencia, condenar al demandado a abonar a la parte actora, dentro de los diez días de quedar aprobada la liquidación (art. 497 del CPCC), la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS UNO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($533.501,49), con más los intereses que se calcularán desde las fechas indicadas en el considerando IV y hasta el efectivo pago, conforme las tasas allí fijadas.
III.- Imponer las costas al demandado vencido (arts. 68 y 69 del CPCC) y diferir la regulación de honorarios para la oportunidad en que exista liquidación aprobada (art. 51, ley 14.967)."
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Normas que cita
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Acordada 43.858 (Scjba)art. Cap. II Art. 10 y Subsiguientes (mención)
Fallos que cita
- Cám. Apel. Civ. y Com. Lomas de Zamora, Sala II, causa 4661Cám. Apel. Civ. y Com. Lomas de Zamora · 22/04/1978
- B-28473 C.S.CNCiv. Sala A · 11/03/1974
- CNCiv. Sala A, E.D. 61-207CNCiv. Sala A · 25/10/1974
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