OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (OSPE) c/ LA PATAGONICA S.R.L. s/LEY 23.660 ? OBRAS SOCIALES
La Obra Social de Petroleros demandó la ejecución contra La Patagónica S.R.L. por obligaciones vinculadas a la Ley 23.660. El Juzgado ordenó llevar adelante la ejecución por $558.868,24 más las sumas que correspondan según la Ley 23.659 y el Decreto 611/92, impuso las costas al ejecutado y apercibió conforme art. 43 del C.P.C.C.N.
¿Quién es el actor?
OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (O.S.Pe.).
¿A quién se demanda?
LA PATAGONICA S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de pago por obligaciones vinculadas a la ley de obras sociales (Ley 23.660) y exigencia del monto adeudado.
¿Qué se resolvió?
Se mandó llevar adelante la ejecución contra LA PATAGONICA S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (O.S.Pe.) de la suma de $558868.24, con más la suma que correspondiere conforme previsiones de la Ley 23.659, Dec. 611/92 y sus decretos reglamentarios; costas al ejecutado; apercibimiento del art. 43 del C.P.C.C.N.; protocolícese, regístrese, notifíquese y publíquese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que no habiendo el demandado opuesto excepciones dentro del término legal de conformidad con lo que disponen los arts. 531 y 540 del C.P.C.C. de la Nación.-"
"1) Mandando llevar adelante la ejecución contra LA PATAGONICA S.R.L., hasta hacerse integro pago a la OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (O.S.Pe.), la suma de $558868.24, con más la suma que correspondiere conforme previsiones de la Ley 23.659, Dec. 611/92 y sus decretos reglamentarios.-"
"2) Costas del proceso al ejecutado (arts. 70 y 528 del C.P.C.C.).-"
"3) Hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 43 del C.P.C.C.N.-"
¿Cómo votaron los jueces?
no se consignan votos en disidencia; la resolución es unipersonal firmada por la Jueza Federal.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 23.660Obras sociales
- Ley 23.659Presupuesto 1988
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.