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Cámara de Apelaciones

Incidente N° 7 - IMPUTADO: DAVIES, RODRIGO JESUS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La defensa pública de Rodrigo Jesús Davies interpuso un recurso extraordinario federal por la admisibilidad del rechazo previo del recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario por no plantear cuestión federal ni demostrar arbitrariedad de la sentencia recurrida, e hizo lugar a costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCR 000117/2018/TO01/7
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad de la sentencia Costas Casacion Cpccn Cppn Camara federal de casacion penal Davies

¿Quién es el actor?

Defensa pública oficial de Rodrigo Jesús Davies (recurrente).

Demandado/parte recurrida: Ministerio Público Fiscal (contestó el recurso) y el Tribunal de origen (decisión objeto del recurso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la resolución que rechazó el recurso de casación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública oficial de Rodrigo Jesús Davies y señaló costas (arts. 14 y 15 Ley 48; 68, 69 y 257 CPCCN). Se ordenó registrar, notificar, comunicar y remitir al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, como lo sostuvo en jurisprudencia reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)."

"Además, no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de su admisión, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo que la defensa no consiguió probar en su presentación (Fallos: 311:1695)."

"Por otro lado, la parte recurrente basó su impugnación en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo demostrar la relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada (Fallos: 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros)."

"Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal, el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública oficial de Rodrigo Jesús Davies, no puede prosperar y debe ser declarado inadmisible, con costas."

¿Cómo votaron los jueces?

El juez Alejandro W. Slokar "comparte en lo sustancial la solución que propicia el colega que lidera el acuerdo, sin costas." Esa posición quedó en minoría; la resolución final fue por mayoría y ordenó las costas.

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