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Primera Instancia

SALAS CLAUDIA MABEL C/ TIPPITO LAURA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora promovió demanda por indemnización de daños y perjuicios por la muerte de su hijo tras chocar con un camión con semirremolque estacionado. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a Taboada y Tippito al pago concurrente de $7.190.000 y extendió la condena a las aseguradoras en 80% para Seguros Rivadavia y 20% para Paraná Seguros, con intereses desde el 17/12/2017.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
80957
Responsabilidad objetiva Cosa riesgosa Dano por muerte Perdida de chance de ayuda futura Dano moral Incapacidad psiquica Ley 24.449 (transito) Polizas de seguro (80% / 20%) Intereses desde 17/12/2017 Costas y honorarios diferidos

¿Quién es el actor?

Claudia Mabel Salas.

¿A quién se demanda?

Lautaro Fernando Taboada y Laura Andrea Tippito; citadas en garantía: Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada y Paraná Sociedad Anónima de Seguros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios (gastos de sepelio, pérdida de chance de ayuda futura, incapacidad psíquica sobreviniente y daño moral) derivados del accidente ocurrido el 17/12/2017 en que falleció Mariano Emanuel Orue al impactar contra un semirremolque detenido.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Condena concurrente de Taboada y Tippito al pago de $7.190.000 en favor de Salas, más intereses desde el 17/12/2017; extensión de la condena a Seguros Rivadavia (80%) y Paraná Seguros (20%); costas a los codemandados y sus aseguradoras; diferimiento de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De valoradas en conjunto las constancias reseñadas, entiendo acreditado que el conjunto conformado por el tractor y el semirremolque no desempeñó en el accidente un papel meramente pasivo. Su emplazamiento en un sector respecto del cual no existía habilitación específica para el estacionamiento de ese tipo de vehículos, sus considerables dimensiones, la proximidad a la intersección y las deficiencias de señalización y reflectividad advertidas por los testigos conformaban, especialmente en horario nocturno, una situación objetivamente apta para dificultar su advertencia y comprometer la seguridad de quienes circulaban por el lugar (arts. 384, 456, 474 y cctes. CPCC). En tales condiciones, corresponde tener por configurada la intervención causalmente activa de una cosa riesgosa en los términos de los artículos 1757, 1758 y 1769 del Código Civil y Comercial."

"Aplicadas esas pautas al caso, considero que la conducta de Orue tuvo una incidencia causal preponderante. Fue su ingreso a la encrucijada sin respetar la prioridad de paso y la ejecución del giro en las condiciones ya analizadas lo que desencadenó la maniobra evasiva que culminó con el impacto. Sin embargo, esa conducta no absorbe por completo la eficacia causal del conjunto tractor-semirremolque... estimo adecuado atribuir a la conducta de Mariano Emanuel Orue un setenta por ciento (70 %) de incidencia en la producción del siniestro y mantener en cabeza de los demandados el treinta por ciento (30 %) restante..."

"Por estas consideraciones, citas legales, jurisprudenciales y doctrinarias hasta aquí expuestas: RESUELVO: Primero: Hacer lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por Claudia Mabel Salas contra Lautaro Fernando Taboada y Laura Andrea Tippito, quienes deberán abonarle, en forma concurrente y dentro de los diez días de aprobada la pertinente liquidación, la suma de $7.190.000, con más los intereses que se calcularán según las pautas fijadas en el considerando IV. Segundo: Hacer extensiva la condena a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada y Paraná Sociedad Anónima de Seguros... en un ochenta por ciento (80%) a cargo de la primera y en un veinte por ciento (20%) a cargo de la segunda."

(Si hubiera votos en disidencia, el bloque dispositivo final es el que manda; en el ejemplar provisto el bloque resolutorio consigna la decisión adoptada por el Tribunal.)

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