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Cámara de Apelaciones

ROLDAN, MIGUEL ALFREDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó a Provincia ART S.A. por prestaciones previstas en la ley 24.557 por enfermedad laboral con toma de conocimiento en diciembre de 2016. La Cámara modificó la sentencia sólo en los accesorios: dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y ordenó repotenciar el capital de condena con el índice RIPTE desde dic/2016 hasta su pago sin tasa pura, aplicando los intereses del tercer párrafo del art.12 LRT sólo por incumplimiento de la intimación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 034284/2018/CA001
Ripte Actualizacion de condena Ley 24.557 Inconstitucionalidad art.7 l.23.928 Dnu 669/19 Intereses Honorarios Ley 27.348 Prestaciones art Costas de alzada

¿Quién es el actor?

Miguel Alfredo Roldan.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones previstas en la ley 24.557 por enfermedad de origen laboral (toma de conocimiento: diciembre de 2016); ejecución de indemnizaciones y accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado en lo relativo a los accesorios de condena: dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (texto según art. 4 de la ley 25.561) y dispuso que el capital de condena se repotencie mediante la aplicación del índice RIPTE desde diciembre de 2016 y hasta el efectivo pago, sin adición de tasa pura; en caso de incumplimiento a la intimación de pago, se aplicarán los intereses previstos en el tercer párrafo del art. 12 de la ley 24.557 hasta su efectiva cancelación; confirmó la sentencia apelada en todo lo demás; dejó sin efecto la regulación de honorarios de grado y procedió a nueva regulación; impuso costas de alzada en el orden causado; reguló honorarios por actuación en Alzada en el 30% de lo que corresponda por la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Desde tal perspectiva, la readecuación del crédito no reposa en la invalidez de las normas que vedan la actualización monetaria sino en la pauta específica del inc. 2° del art. 12 de la LRT, por lo que la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 –texto según art. 4 de la ley 25.561– efectuada en grado resulta innecesaria para la solución del caso y corresponde dejarla sin efecto. Ello priva de sustento a los cuestionamientos que la recurrente funda en la prohibición de indexar, en la alegada indexación encubierta y en los precedentes “Oliva” y “Lacuadra” de la CSJN, en tanto el mecanismo de repotenciación encuentra fuente directa en la norma del régimen especial; a la vez que la duplicidad que la apelante atribuye a la adición de un interés sobre el capital ya actualizado queda zanjada por el criterio mayoritario que se adopta, que excluye la tasa pura dispuesta en grado."

2) "Sentado ello, corresponde modificar lo resuelto en la anterior instancia y disponer que el capital se repotencie mediante la aplicación del índice RIPTE desde la fecha de la primera manifestación invalidante –diciembre de 2016– y hasta el efectivo pago, sin adición de tasa pura alguna. En caso de incumplimiento a la intimación de pago, sobre el capital así actualizado se aplicarán los intereses previstos en el tercer párrafo del art. 12 de la ley 24.557 –conf. ley 27.348 y DNU 669/19– hasta su efectiva cancelación."

3) "En virtud de las argumentaciones expuestas y con arreglo a lo establecido por el art. 279 del CPCCN, corresponde adecuar la regulación de honorarios establecida en grado al nuevo régimen de actualización del capital de condena..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra disidencia; la resolución surge de la mayoría integrada por los votos del Dr. Alejandro Sudera y de la Dra. Andrea E. García Vior (adhieren).

Normas que cita

  • Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 24.557art. 12 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • DNU 669/19
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 279, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCCNart. 770 inc. b) · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Actas Cámaraarts. 2601, 2630, 2658

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