GIL IRMA ESTHER Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Petición de inscripción de declaratoria de herederos sobre inmueble de Vicente López. El Tribunal ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos respecto de la matrícula 5412 C.V S.D M.52 P.7, reguló honorarios en 66 JUS y libró las piezas de estilo tras cumplido el art. 21 de la ley 6716.
¿Quién es el actor?
GIL IRMA ESTHER Y OTRO/A (según carátula).
¿A quién se demanda?
No aparece otro demandado individualizado en el proveído.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inscripción de la declaratoria de herederos (D.H.) respecto del bien inmueble identificado como Matrícula 5412 C. V S.D M.52 P.7 de Vicente López.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos en relación al inmueble indicado, previa confección de las piezas para el Registro de la Propiedad Inmueble conforme a los modelos del Protocolo de notificaciones electrónicas, y previo cumplimiento del art. 21 de la ley 6716. Se reguló honorarios de la Dra. María Margarita Miguel en la suma de 66 JUS más aportes de ley. Se dejaron registradas las constancias del impuesto a la transmisión gratuita y la tasa de justicia como abonadas. Se dictaron notificaciones personales o por cédula a beneficiario y obligados al pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a lo pedido y estando en autos cumplidos los recaudos necesarios, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en autos, con relación al bien inmueble ( Matrícula 5412 C. V S.D M.52 P.7 de Vicente Lopez ) cuyo informe de dominio se encuentra agregado electrónicamente con fecha 24/09/26 y con el título acompañado con fecha 30/09/26 suscripto en fecha 01/10/26."
"A los fines de la confección de las piezas para la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, los profesionales deberán valerse de los modelos establecidos en el Protocolo para las notificaciones y presentaciones por medios electrónicos previstos por la Resolución 2809/19 de la Suprema Corte de Justicia: ANEXO II-3 Modelo Inscripción D.H. ... ANEXO III-2 Testimonio DH ..."
"A los fines regulatorios, póngase de resalto que los causantes transmite un 100 por ciento del bien cuya inscripción se ordena.
Previo cumplimiento del art. 21 de la ley 6716 se librarán las piezas de estilo."
"Atento la valuación fiscal conforme impuesto al acto adjuntada ( $ 25.441.542) y porcentaje transmitido, merituando la complejidad y las tareas desarrolladas por la Dra. María Margarita Miguel, Tomo XX Folio 244 C.A.S.I. L regúlanse sus honorarios en la suma de 66 JUS, con mas los aportes de ley (arts. 1,15,16,24,27,28 inc c, 35 y 54 de la ley 14.967). Notifiquese personalmente o por cédula al beneficiario de la regulación y a los obligados al pago."
"Tiénese por acompañadas las constancias del impuesto a la transmisión gratuita de bienes.
Tiénese por abonada la correspondiente tasa de Justicia y su aporte respectivo (art. 341 de la ley 10397). REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE (art. 135 CPCC)."
"Atento a lo dispuesto por el art 1 de la Reglamentación aprobada por Ac 3975 denúnciense número celular toda vez que a los fines del confronte de piezas de inscripción resulta de utilidad en caso de existir observaciones."
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 10.397 de Buenos AiresCódigo fiscal
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