VACCARO SILVA CARLOS RUBENS C/ PALACIOS GERMAN PABLO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por indemnización por daños y perjuicios derivado de un choque automóvil/motocicleta ocurrido el 04/12/2023. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados y a la aseguradora citada en garantía al pago de $26.485.269 más intereses, por no acreditarse eximentes ni culpa de la víctima.
¿Quién es el actor?
Carlos Rubens Vaccaro Silva, por derecho propio, con patrocinio de la Dra. Silvana Soledad Sturtz.
¿A quién se demanda?
German Pablo Palacios (titular registral del VW Golf dominio FSD645), Antonio Walter Smilas (conductor del VW Golf) y la citada en garantía Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios (daño físico, daño moral, daño material por reparación de motocicleta, intereses y costas) por el accidente de tránsito del 04/12/2023 por la suma reclamada en autos y la prueba a producirse.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda; se condena a los accionados a abonar al actor la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 26.485.269.-) con intereses al 8% anual desde el 04/12/2023 hasta su pago; se hace extensiva la condena a la aseguradora citada en garantía dentro de los límites de la cobertura; costas a la parte demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El factor objetivo de atribución de responsabilidad, derivado precisamente de la propiedad o guarda, o simple uso de la cosa inanimada 'riesgosa', prescinde en términos absolutos de la consideración del factor subjetivo 'culpa' del propietario o guardián, a quienes sólo resta como única posibilidad de eximición de responsabilidad, probar fehacientemente la interrupción del nexo causal vinculante demostrando la incidencia del damnificado -culpa de la víctima-, o el hecho de un tercero por quien no deba responder y/o caso fortuito."
"Acreditada la ocurrencia del hecho, el contacto de ambos móviles, a lo que se suma los medios reseñados en los considerandos anteriores, elementos éstos que valoro conforme a las reglas de la sana crítica (arts. 375, 384, 415, 456 y 474 del CPCC), forma convicción suficiente en el Suscripto de una conducta reprochable y negligente del conductor del rodado marca Volkswagen, modelo Golf, dominio FSD-645, el Sr. Antonio Walter Smilas... quien circulando por la calle Argüero al 2900... no verificó el tránsito vehicular y colisionó con su frente la parte lateral de la motocicleta... que al comando del actor... circulaba correctamente..."
"Por consiguiente, corresponde hacer lugar a la demanda, responsabilizando al codemandado Sr. ANTONIO WALTER SMILAS en calidad de autor material del hecho con la cosa riesgosa, y tomador de la póliza n° 9088058, y al Sr. GERMAN PABLO PALACIOS en carácter de titular del rodado... Asimismo, responderá la aseguradora citada en garantía PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, dentro de los límites de la cobertura..."
Citas textuales adicionales relevantes:
"Haciendo lugar a la demanda entablada por el Sr. CARLOS RUBENS VACCARO... condenando a los accionados a abonar al actor la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 26.485.269.-), con más los intereses dispuestos en el considerando décimo sexto..."
¿Cómo votaron los jueces?
no se consignan votos en disidencia; la decisión se adopta en el dispositivo final del Tribunal.
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