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Primera Instancia

NASO LEANDRO DAMIAN C/ PARE RAMONA ESTHER Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó beneficio de litigar sin gastos para litigar la demanda por daños y perjuicios. El Tribunal hizo lugar al pedido y concedió el beneficio con el alcance de los arts. 78, 79, 81, 82 y 84 del C.P.C.C., aprobando las pruebas y antecedentes citados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-45532-2018
Incidente Beneficio de litigar sin gastos Danos y perjuicios C.p.c.c. arts. 78 79 81 82 84 Art. 384 cpcc (sana critica) Aprobacion de probanzas Notificacion electronica Costas Mejora de fortuna Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Leandro Damián Naso.

¿A quién se demanda?

Ramona Esther Pare; Nahuel Antonio Samaniego; Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se tramita un juicio por daños y perjuicios (se concede el beneficio para litigar en ese juicio).

¿Qué se resolvió?

Se concede a Leandro D. Naso el beneficio de litigar sin gastos, con el alcance de las disposiciones invocadas del C.P.C.C. y la salvedad del art. 84 segunda parte; se aprueban las pruebas e informes obrantes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo pedido, lo que resulta de las probanzas de autos, teniendo en cuenta la declaración jurada presentada con fecha 13/8/2019, los informes recabados con fechas 31/7/23, 18/5/23 Y 11/3/26 y las informaciones sumarias rendidas con fecha 6/3/20, 23/7/20, 2/10/20 Y 22/10/20, las que se aprueban en este acto y que el infrascripto aprecia de acuerdo a las reglas de la sana crítica (art.384 del CPCC) y en virtud de lo dispuesto por los arts. 78, 79, 81, 82 y 84 del C.P.C.C. concédese a LEANDRO DAMIAN NASO el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo código, pudiendo en consecuencia, litigar en el juicio que por daños y perjuicios interpuso contra RAMONA ESTHER PARE, SAMANIEGO NAHUEL ANTONIO y contra SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el artículo 84 segunda parte del C.P.C.C."

"REGISTRESE. NOTIFIQUESE EL PRESENTE DE MANERA AUTOMATICA Y DIRECTA POR SECRETARIA A LOS DOMICILIOS CONSTITUIDOS ELECTRONICOS DE LOS INTERESADOS QUE A CONTINUACION SE INDICAN:

20318231541@notificaciones.scba.gov.ar

27177435886@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR"

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