JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ARANDA CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes previsionales respecto de la aplicación de movilidad y diferencias de aumentos de 2020; la Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso, revocando la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados en 2020, y confirmó lo demás de la sentencia con costas por su orden en la Alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 029519/2024/CA001
Seguridad social Movilidad previsional Ley 27609 Ley 27426 Ley 27541 Diferencias por 2020 Costas Ley 27.423 Honorarios Anses

¿Quién es el actor?

ARANDA CARLOS ALBERTO (actor/jubilado demandante).

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios; pedido de redeterminación de la movilidad de haberes previsionales y cobro de diferencias correspondientes a períodos afectados por la emergencia y decretos de 2020; determinación de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación: revocó la decisión de grado en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados durante 2020; confirmó la resolución de grado en lo demás que fue materia de agravios; confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN en caso de surgir sumas a favor del actor (y en caso contrario orden causado según art. 36 ley 27.423); fijó costas por su orden en la Alzada y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior (art. 30 ley 27.423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, ... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."

"Tal como fue resuelto en casos análogos, como ser, entre otros, por sentencia definitiva del 24.11.2022 recaída en la causa 12941/2021 'Montaño Pedro Felix c/ANSeS s/Reajustes varios'."

Además, el fallo explica que la Alzada examinó únicamente los agravios de la parte y que, por mayoría, revoca la orden de aplicar a enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual reclamada, y confirma las demás decisiones de grado.

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Braghini dejó a salvo su opinión y en los considerandos expresó fundamentos que sostienen que, cesada la emergencia al 31/12/2020, "al 1-1-21 recobraba vigencia la ley 27.426" y que por ello correspondía abonar la diferencia por enero y febrero de 2021 (argumento expuesto en su voto, consignado como disidencia). Esa opinión fue manifestada pero no plasmada en la parte dispositiva mayoritaria.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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