JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MONJES NORMA ERNESTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes de haberes previsionales y la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) frente a ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la parte demandada: difirió para la ejecución el examen de la aplicación de topes (incluido el precedente “Villanustre”), confirmó la sentencia apelada en lo demás y resolvió las costas conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 006359/2025/CA001
Monjes norma ernestina Anses Prestacion basica universal Reajustes Topes de haberes Costas Cpccn art. 68 Ley 27.423 art. 36 Precedente quiroga Seguridad social

¿Quién es el actor?

MONJES NORMA ERNESTINA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios; en particular, reclamo de reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), redeterminación del haber y complementos/bonos previsionales; impugnación de aplicación de topes de haberes y cuestión de costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso deducido y, en consecuencia: a) se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento respecto de la aplicación de topes de haberes (incluido el planteo relativo al precedente “Villanustre”); b) se confirmó lo resuelto en torno a las costas de la instancia de grado en los términos indicados; 2) se confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; y 3) costas por su orden en la Alzada conforme arts. 68 (segunda parte) del CPCCN y 36 de la ley 27.423. Protocolícese, notifíquese y remítase.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."

"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente “Villanustre”- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Braghini "deja a salvo su opinión" respecto de ciertos puntos (por ejemplo, criterio sobre índice aplicable para actualización del componente PBU y sobre la inaplicabilidad del tope del art. 14 inc. 2 de la Res. S.S.S. 06/2009). Esas apreciaciones fueron señaladas pero la resolución fue por mayoría, por lo que constituyen opiniones reservadas y no la decisión de la Cámara.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.