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Primera Instancia

INTILANGELO CARLOS ANIBAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a la ANSeS recalcular y actualizar el haber en 120 días, diferir el tratamiento de la ley 27.609 para ejecución y rechazó el pedido de suplementos extraordinarios, con costas a la ANSeS.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 012326/2026
Reajuste previsional Ley 24.241 Inconstitucionalidad decreto 807/16 Movilidad (ley 26.417 / 27.426 / 27.609) Prescripcion Anses Intereses Suplementos extraordinarios Costas (ley 27423) Honorarios (art.1255 ccycn).

¿Quién es el actor?

INTILANGELO Carlos Aníbal (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste/recalculo de haberes previsionales asignados conforme ley 24.241; pedido de declaración de inconstitucionalidad de normas y condena al pago de diferencias y suplementos extraordinarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se ordena a ANSeS que, dentro de 120 días desde que exista sentencia firme, proceda al recálculo del haber inicial conforme los lineamientos del fallo; que, una vez recalculado (sin resultar suma inferior a la efectivamente percibida), se actualice con la movilidad allí determinada y se abone dentro del plazo indicado; que las acreencias retroactivas integren intereses conforme lo fijado; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechaza la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; costas a la ANSeS; se regulan honorarios conforme art. 1255 CCyCN (15%).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ANseS s/Reajustes Varios' ... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 ... De allí en adelante se aplican las leyes 26.417 y 27.426."

2) "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de praticarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale' ... )."

3) "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."

¿Cómo votaron los jueces?

No hay votación colectiva ni votos distintos; el decisorio es de un Juez de primera instancia, por lo que no proceden mayorías/disidencias en este expediente.

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