INTILANGELO CARLOS ANIBAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a la ANSeS recalcular y actualizar el haber en 120 días, diferir el tratamiento de la ley 27.609 para ejecución y rechazó el pedido de suplementos extraordinarios, con costas a la ANSeS.
¿Quién es el actor?
INTILANGELO Carlos Aníbal (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste/recalculo de haberes previsionales asignados conforme ley 24.241; pedido de declaración de inconstitucionalidad de normas y condena al pago de diferencias y suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se ordena a ANSeS que, dentro de 120 días desde que exista sentencia firme, proceda al recálculo del haber inicial conforme los lineamientos del fallo; que, una vez recalculado (sin resultar suma inferior a la efectivamente percibida), se actualice con la movilidad allí determinada y se abone dentro del plazo indicado; que las acreencias retroactivas integren intereses conforme lo fijado; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechaza la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; costas a la ANSeS; se regulan honorarios conforme art. 1255 CCyCN (15%).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ANseS s/Reajustes Varios' ... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 ... De allí en adelante se aplican las leyes 26.417 y 27.426."
2) "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de praticarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale' ... )."
3) "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."
¿Cómo votaron los jueces?
No hay votación colectiva ni votos distintos; el decisorio es de un Juez de primera instancia, por lo que no proceden mayorías/disidencias en este expediente.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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