GLOWACKI RAUL AMADO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Glowacki demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas del régimen previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes impugnados, ordenó a la ANSeS recalcular los haberes y pagar las acreencias dentro de 120 días desde la firmeza, difirió el examen de la ley 27.609 para ejecución y rechazó la pretensión respecto de suplementos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
GLOWACKI Raúl Amado.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación constitucional de diversos topes y reglas de cálculo; pedido de pago de diferencias y suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo relativo a los topes sometidos a análisis y se ordenó a ANSeS, dentro de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceder conforme lo decidido; los haberes eventualmente modificados deberán abonarse en ese plazo; el cómputo de acreencias retroactivas debe contemplar los intereses fijados y la prescripción aplicable; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la petición de pago de suplementos extraordinarios; costas a ANSeS y regulación de honorarios conforme art. 1255 CCyCN en 15% del crédito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
"Recientemente, nuestro Máximo Tribunal en autos 'Gualtieri Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' (sentencia del 11/4/2017), al resolver un planteo análogo al presente, expresó que: '…permitir que el trabajador que cotizó sólo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9º de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de afiliados…' Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada."
"En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial para conocer la el porcentaje exacto de confiscatoriedad que podría, o no, existir en autos. Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale')."
Además, el Tribunal fijó: "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina" y resolvió "Rechazar la pretensión relacionada con abonar al presentante los suplementos extraordinarios."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el texto; la decisión que vincula manda la resolución final.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 9 inc. 3º · Solidaridad previsional
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 26.198Presupuesto general de la administracion nacional
- Resolución S.S.S. 6/2009art. 14.2
- Decreto 1058/17
- Decreto 764/06
- Decreto 163/20
- Decreto 495/20
- Decreto 692/20
- Decreto 899/20
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 27423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.994
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