LIMA GERMAN JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la A.N.Se.S. solicitando el recalculo y actualización de sus haberes previsionales derivados de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 9 hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a ANSeS recalcular el haber inicial y abonarlo actualizado, difiriendo para ejecución cuestiones sobre la Ley 27.609 y la declaración definitiva de inconstitucionalidades.
¿Quién es el actor?
LIMA GERMAN JORGE.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste/recalculo de haberes previsionales asignados conforme ley 24.241, declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables y pago de diferencias y accesorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a la ANSeS, en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme, proceder al recálculo del haber inicial conforme los lineamientos del fallo y a abonar los haberes actualizados junto con los aumentos por la movilidad aquí determinada; las acreencias retroactivas deben contemplar intereses y lo resuelto sobre prescripción; se difiere el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; costas a la ANSeS; regulación de honorarios conforme art.1255 CCyCN y ley 27423. (La redacción coincide con la parte resolutiva transcripta).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "La parte actora promueve demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social. Solicita se practique el reajuste de los haberes previsionales asignados por la demandada en el marco de la ley 24.241, ataca la constitucionalidad de las normas atinentes, efectúa la reserva del caso federal, y peticiona la condena pagando las diferencias resultantes."
2) "Decido sobre su operatividad - de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
3) "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ANseS s/Reajustes Varios' ... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16..."
4) "En lo que respecta a la movilidad del haber redeterminado resultará de aplicación lo dispuesto en la ley 26.417, 27.426, 27.609 y ccs."
5) "Difiérase su tratamiento [de la PBU y de otras cuestiones complejas] para el momento de ejecución... bajo estas consideraciones se difiere su tratamiento con estos lineamientos, para el momento de ejecución."
6) "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos ‘Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución’ ... y ‘Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios’..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra votación colegiada ni disidencia en este pronunciamiento de primera instancia.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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