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Primera Instancia

AGUIRRE SANTIAGO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y actualización de componentes del beneficio (PBU, PC y PAP) y planteó inconstitucionalidades de normas aplicables. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó a ANSES recalcular y abonar el haber y retroactivos según pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles, difirió el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades para ejecución e impuso costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 059371/2025
Reajuste de haberes Pbu Prestacion compensatoria Pap Movilidad Inconstitucionalidad diferida Impuesto a las ganancias Inapplicabilidad reglamentaria Intereses moratorios Anses

¿Quién es el actor?

AGUIRRE SANTIAGO EDUARDO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional (re-determinación de Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y planteos de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241 y 24.463; pedido de retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hace parcialmente lugar a la demanda, se deja sin efecto la resolución impugnada y se ordena a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas establecidas en la sentencia dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; el tratamiento de las inconstitucionalidades señaladas se difiere para la ejecución; las sumas resultantes deben abonarse íntegramente sin quita, respetándose los límites de las leyes de fondo y la doctrina de la CSJN; se imponen las costas a la parte demandada; la regulación de honorarios se difiere para la etapa de ejecución. (Texto conforme a la parte resolutiva transcripta arriba.)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "La cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”... el análisis sobre la suma final a la que ascendería la P.B.U., deberá efectuarse al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia, ocasión en la cual recién se podrá determinar si la insuficiente actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del 'total del haber inicial'... y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio, en cuyo caso el juez deberá escoger el mecanismo adecuado para repararla, en procura de alcanzar una justa proporción."

2) "La aplicación de dicho tope a las remuneraciones actualizadas —tal como lo actualmente lo prevé el art. 4° de la Resolución SSS Nº 3/2021— constituye un exceso reglamentario contrario al espíritu de la Ley Nº 24.241, al introducir una restricción no contemplada en la norma, por lo que corresponde declarar su inaplicabilidad para el caso de autos."

3) "Hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora."

4) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto aportado.

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