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Primera Instancia

VEGA DOMINGA SIMONA C/ GONZALEZ CARLOS ANIBAL Y OTROS S/ SOCIEDADES-ACCIONES DERIVADAS DE LA LEY

La actora promovió acción de responsabilidad por presunto vaciamiento y ocultamiento de activos vinculado al concurso/quiebra de Degomar S.R.L. El Tribunal rechazó la demanda por insuficiencia probatoria y ausencia de dolo o daño directo personal exigidos por el artículo 173 de la Ley de Concursos y la Ley de Sociedades.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MP-20123-2014
Accion de responsabilidad Ley 24.522 art. 173 Ley 19.550 arts. 54-59-274 Dolo Prueba insuficiente Dano directo Cierre fondo de comercio Ocultamiento de activo Costas Cpcc

¿Quién es el actor?

Sra. D.S.V., representada por el Dr. F.M.S.

¿A quién se demanda?

Sres. C.A.G., F.A.Z., F.L.D.G. y T.A.G.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de responsabilidad derivada de la Ley 24.522 (art. 173) y normas de la Ley 19.550 (arts. 54, 59, 274) por ocultamiento del activo, cierre sin autorización del fondo de comercio y omisión de informar la radicación del activo; se reclama el pago de los perjuicios y suma dineraria más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción de responsabilidad. Se impusieron las costas a la actora. Se difirió regulación de honorarios hasta firmeza. Notifíquese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Y es en este aspecto donde la acción encuentra un valladar insorteable, en tanto no considero probado que haya existido un propósito deliberado de los demandados enderezado a alterar la real situación patrimonial de la sociedad."

"En definitiva, la pretensión no prospera, puesto que los elementos de prueba colectados en la causa son insuficientes, a mi entender, para configurar una actitud dolosa conforme a lo exigido por el art. 173 LCQ (arts. 163 inc. 6, 375, 384 y ccdtes. del CPCC; 1072 del Cód. Civil; 7 del CCyC; 173, 178 y ccdtes. de la ley 24.522)."

(Dispositivo final)

"RESUELVO:

1.- Rechazar la acción de responsabilidad interpuesta por la Sra. D.S.V. contra los Sres. C.A.G., F.A.Z., F.L.D.G. y T.A.G.

2.- Imponer las costas a la actora conforme el principio objetivo de la derrota (conf. "considerando IV").

3.- Diferir la regulación de honorarios para una vez firme la presente y determinada la base regulatoria (argto. art. 51 Ley 14.967).

4.- NOTÍFIQUESE a la actora y a la Defensoría Oficial en el domicilio electrónico respectivo (Ac. 4039 SCBA) y a la parte demandada rebelde personalmente o por cédula (art. 135 inc. 12 del CPCC). REGISTRESE."

Leyes que cita

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