JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

JIMENEZ ELVIRA TRINIDAD c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó la actualización de la Prestación Básica Universal reclamada en su demanda contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado y ordenó la actualización de la PBU conforme la jurisprudencia citada, con costas y regulación de honorarios por la alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 009306/2025/CA001
Prestacion basica universal Anses Reajustes Actualizacion de haberes Fecha de adquisicion del beneficio Ley 27.423 Costas Honorarios Jurisprudencia quiroga Seguridad social

¿Quién es el actor?

JIMENEZ ELVIRA TRINIDAD.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes varios, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la redeterminación del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de alzada por su orden; reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA en caso de corresponder; y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 19 de febrero de 2021, en vigencia de la Ley 24.241, con las modificaciones realizadas por la Ley 27.426 que remite a la 27.260."

"Con relación al planteo referido a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), el Alto Tribunal de la Nación, en la sentencia pronunciada en la causa “Quiroga, Carlos Alberto c/ANSeS s/Reajustes Varios” (Fallos: 337:1277), puso particular énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social (C.N. art. 14 bis): “aspecto del que es parte esencial –aclaró- la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos” (Considerando N° 9)."

"Por lo tanto, sin perjuicio de que la actora ha adquirido su beneficio con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 27.426, atento lo resuelto con relación a la actualización de las remuneraciones a utilizar para calcular la PC y PAP y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, corresponde confirmar lo resuelto por ela quo en este aspecto y ordenar la actualización de la Prestación Básica Universal conforme lo resuelto en la jurisprudencia citada."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Carnota y Dorado votaron en el mismo sentido; el Dr. Fantini adhirió al voto de apertura. No existe disidencia relevante en la parte dispositiva.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Ley 27.423arts. 36, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

Fallos que cita

  • Quiroga, Carlos Alberto c/ANSeS s/Reajustes VariosCSJN · Fallos 337:1277
  • BadaroCSJN · 26/11/2007
  • Battipede Carlos Omar c/ ANSeS s/reajustes variosCFSS Sala II
  • Marinati (Sala III)CFSS Sala III
  • Berardi Salvador C/ ANSeS S/ reajustes variosCFSS Sala II · 07/03/2023
  • Yopolo Miguel Ángel c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFSS Sala II · 14/12/2021
  • Grattone Angel Celestino c/ ANSeS s/ reajustes variosCFSS Sala II · 19/03/2024

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