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Primera Instancia

BANCO PIANO S.A. (22) C/ CHAPARRO PERLA LEONOR MELINA S/ COBRO EJECUTIVO

Se tramita incidente de caducidad de instancia en un proceso ejecutivo por falta de impulso procesal tras intimación. El Tribunal decretó la caducidad de instancia, impuso las costas a la parte ejecutante por vencida y no reguló honorarios por considerar la tarea profesional inoficiosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-52937-2025
Caducidad de instancia Caducidad Inactividad procesal Intimacion art. 315 cpcc Arts. 310 315 316 cpcc Costas Inoficiosidad Art. 30 ley 14.967 Res. 3694/12 scba Ac. 4039/21 scba

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (actúa una parte ejecutante, no individualizada en el texto).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de una acción ejecutiva que quedó sin impulso, por lo que se intimó a la parte ejecutante en virtud del art. 315 CPCC; el incidente tenía por objeto declarar la caducidad de la instancia por inactividad procesal.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró la caducidad de la instancia, impuso las costas a la parte ejecutante en su carácter de vencida y no reguló honorarios profesionales por resultar inoficiosa la labor (art. 30 Ley 14.967). Se ordenó registrar, notificar y archivar la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 31 de agosto de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 28 de abril de 2026.

Sentado ello, y tomando en consideración que la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en la fecha antes señalada, en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia.

En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA,

¿Qué se resolvió?

Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).

Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)

No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar inoficiosa (art. 30 Ley 14.967).

Regístrese la presente resolución. Notifíquese y oportunamente archivase."

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