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Primera Instancia

BANCO PIANO SA (300) C/ VIRGILIO JAQUELIN S/ COBRO EJECUTIVO

La parte ejecutante no impulsó el proceso dentro del plazo legal en un expediente de ejecución, por lo que el Tribunal decretó la caducidad de la instancia. Se impusieron las costas a la parte ejecutante y no se regularon honorarios por resultar la actuación inoficiosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-52272-2025
Caducidad de instancia Ejecucion Inactividad procesal Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Costas Honorarios inoficiosos Res. 3694/12 scba Ac. 4039/21 Intimacion

¿Quién es el actor?

la parte ejecutante.

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no surge identificación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impulso de la ejecución; apercibimiento previsto en art. 315 CPCC por inactividad procesal y aplicación de caducidad de instancia.

¿Qué se resolvió?

decretó la caducidad de la instancia (arts. 310, 315 y 316 del CPCC), impuso las costas a la parte ejecutante (art. 68 CPCC) y no reguló honorarios por resultar inoficiosa la actuación (art. 30 Ley 14.967). Regístrese, notifíquese y archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 31/08/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 24/04/2026.

Sentado ello, y tomando en consideración que la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en la fecha antes señalada, en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia.

En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA,

¿Qué se resolvió?

Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).

Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)

No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar inoficiosa (art. 30 Ley 14.967).

Regístrese la presente resolución. Notifíquese y oportunamente archivase."

(No consta voto dividido; la parte resolutiva final es la que manda.)

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