SAHARREA MARIA GRACIELA Y OTRO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Acción de amparo por jubilación docente solicitó la inaplicabilidad del tope del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y la devolución de retenciones. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 7 hizo lugar al amparo, ordenó a ANSES abonar el monto íntegro sin aplicar el tope, devolver los importes de los últimos dos años y pagar intereses según la tasa pasiva promedio del BCRA.
¿Quién es el actor?
SAHARREA MARIA GRACIELA y URZAGASTI ARANDA INES ADRIANA.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo solicitando la declaración de inaplicabilidad de la deducción prevista en el art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 respecto de sus haberes previsionales (por percibir prestaciones docentes bajo régimen de movilidad conforme a la Ley 24.241 y suplementos docentes), y la devolución de las sumas retenidas; que ANSES se abstenga de aplicar el tope y se ordene la restitución de importes con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se admitió la acción de amparo y se condenó a ANSES a abonar en el plazo de treinta días el monto íntegro del beneficio del titular, abstenerse de aplicar el tope del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463, y pagar las sumas retroactivas devengadas desde los dos años anteriores al inicio de la acción, con los intereses de la Tasa Pasiva Promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina; las costas se impusieron a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Que, respecto de la solicitud de caducidad en los términos del art. 2 de la ley 16.986, la misma no puede prosperar ello teniendo en cuenta que el acto o el hecho que se ataca, configura un incumplimiento continuado que traslada sus efectos en el tiempo, reiterándose mensualmente, conforme se ha sostenido en basta jurisprudencia de la Alzada."
2) "Que, en el caso, las co actoras adquirieron su beneficio de PBU-PC-PAP prestaciones docentes según disposiciones de la ley 24.241, y percibe la VARIAC SALARIAL DOC R SSS Nº 14, ; en consecuencia, corresponde declarar su inaplicabilidad, debiendo liquidarse y abonarse el monto íntegro de la PBU-PC-PAP devengadas, sin la deducción cuestionada, como así también la devolución de las sumas indebidamente retenidas, todo ello en el término de treinta días, declarando inaplicable lo dispuesto en el art. 22 de la ley 24.463."
3) "Que en este mismo sentido se ha expedido la E.C.F.S.S., Sala I en los autos caratulados 'Liserra Adriana c/ ANSES s/ Amparos y Sumarísimos' Exp. 3520/2024, SED del 19.09.2024; la Sala II en los autos 'De Bella Raúl Omar c/ Anses/ Amparos y Sumarísimos' Exp. 9054/2024, SED del 06.11.2024 y finalmente la Sala III en los autos caratulados 'Gandolfo María Teresa c/ ANSES s/ Amparos y Sumarísimos' Exp. 56207/2023, SED del 26.12.2024 y la ECSJN en la causa 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS s/ amparos', SED del 2/3/16."
4) "Que respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada de los créditos reclamados, corresponde hacer lugar a la misma, con fundamento en el art. 82 de la ley 18.037, debiendo declararse prescriptos los créditos anteriores a los dos años previos al inicio de la presente acción."
5) "Las sumas que a favor de la reclamante resulten de la liquidación que se ordena, devengarán intereses que se calcularán según la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. C.S.J.N., 'Spitale, Josefa Elida c/Anses', sent.del 14-09-04, Fallos 327:3721)..."
¿Cómo votaron los jueces?
No existen votos en disidencia en autos; la decisión es de la autoridad que firma la sentencia de primera instancia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 16.986Amparo
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.