JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BADUY RIVERO, JESUS ALBERTO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía de un ciudadano venezolano para obtener la nacionalidad argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 declaró concedida la ciudadanía a Jesús Alberto Baduy Rivero y ordenó la expedición de la carta de ciudadanía, condicionada a la jura de fidelidad y al cumplimiento de la obligación de enrolamiento en un año.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 10
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 011112/2022
Ciudadania Nacionalidad Carta de ciudadania Decreto 3213/84 Enrolamiento Ley 22435 Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Solicitud administrativa Juzgado civil y comercial federal

¿Quién es el actor?

JESUS ALBERTO BADUY RIVERO (peticionario).

¿A quién se demanda?

(acción de naturaleza administrativa; no existe parte demandada específica).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de carta de ciudadanía argentina (solicitud de incorporación a la ciudadanía).

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadano argentino a Jesús Alberto Baduy Rivero, con la expedición de la carta de ciudadanía y las comunicaciones administrativas pertinentes, condicionando la concesión a que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina y cumpla con el enrolamiento dentro del plazo de un (1) año (art. 35 ley 22435); además se advirtió sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la eventual cancelación por fraude conforme art. 15 del Decreto 3213/84.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."

"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona, RESUELVO: 1.- Declarar ciudadano argentino a JESUS ALBERTO BADUY RIVERO... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; la parte resolutiva es la decisión del tribunal.

Leyes que cita

  • Ley 346Ciudadania
  • Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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