VERAZA, CRISTIAN EDUARDO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Regulación de honorarios por tareas de ejecución vinculadas al cobro de intereses en causa contra el Estado nacional. La Cámara confirmó la regulación previa y reguló en alzada los honorarios de la Dra. Lorena Verónica Cecchetto en $54.002,50 (0,50 UMA), con pautas sobre IVA y notificaciones.
Quién demanda (Actor): VERAZA, CRISTIAN EDUARDO.
A quién se demanda (Demandado): Estado Nacional - Ministerio de Seguridad - PFA (Personal militar y civil de las FFAA y de SEG).
Qué se reclama (Objeto de la demanda): regulación de honorarios profesionales por gestiones en la ejecución de sentencia respecto del cobro de intereses y la correspondiente incidencia en alzada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó, en lo impugnado, la regulación de honorarios dispuesta con fecha 18/08/2026 y, por las tareas efectuadas en la alzada, reguló los emolumentos de la Dra. Lorena Verónica Cecchetto en la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($54.002,50) (equivalente a 0,50 UMA). Se dispuso que el IVA integra las costas y deberá adicionarse si el profesional es responsable inscripto; si no lo hubiera denunciado, el plazo para pago del tributo correrá desde que lo denuncie. Regístrese, devuélvase y notifíquese en la instancia de origen a cargo de la interesada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S., Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)."
"Por las tareas efectuadas en la alzada, atento el resultado obtenido en la incidencia resuelta con fecha 13/05/2022, corresponde regular en la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($54.002,50) –equivalente a 0,50 UMA–, los emolumentos de la DRA. LORENA VERONICA CECCHETTO, patrocinante, actuante en la defensa de la actora (arts. 16, 29 inc g), 30 y 48, ccdtes. y citados de la ley 27.423 – Dto. Nº 1077/17)."
No obra voto en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
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