PRA, SERGIO LUCIANO c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - LEY 26913 - S 616/23 s/AMPARO POR MORA
Amparo por mora contra el Estado Nacional por la demora en resolver un expediente; la Cámara declaró parcialmente inoficioso el pronunciamiento sobre el fondo por haberse tornado abstracta la cuestión y modificó la imposición de costas distribuyéndolas por su orden, dejando sin efecto el auto regulatorio respecto de los honorarios.
¿Quién es el actor?
PRA, Sergio Luciano.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (EN - M JUSTICIA Y DDHH).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora (EXP S04:0000616/2023) solicitando la resolución del expediente y el otorgamiento del beneficio previsto en la ley 26.913; se reclamó condena por mora, costas y honorarios (honorarios regulados en $1.001.730, equivalentes a 9 UMA).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró parcialmente inoficioso el pronunciamiento de la apelación respecto del fondo por haberse tornado abstracta la cuestión, admitió en parte la apelación y modificó la imposición de costas distribuyéndolas en ambas instancias por su orden; además dejó sin efecto el auto regulatorio, lo que tornó inoficioso un pronunciamiento sobre la apelación contra los honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"2º) Que, el 14/8/26, la recurrente informó que la cuestión se había tornado abstracta en virtud del dictado de la DI-2026-41-APN-SSDDHH#MJ, del 10/6/26, que otorgó al actor el beneficio previsto en la ley 26.913."
"3º) Que, si bien estas últimas circunstancias no pudieron ser valoradas en la instancia de origen, ya que fueron incorporadas con posterioridad al dictado de la sentencia de grado, lo cierto es que se produjo en autos la extinción del objeto procesal por la desaparición del presupuesto fáctico y jurídico que dio pie a la demanda, circunstancia que impide a la recurrente cuestionar la admisión de la acción por ausencia de gravamen, al tiempo que tornaría inoficiosa la decisión de esta Cámara respecto del acierto del fallo apelado (cfr. esta Sala, causa 68027/15 “Lin, Daokui”, resol. del 4/8/16; causa n 62384/17 “Unger”, resol. del 19/4/18)."
"4º) Que, en cuanto al cuestionamiento de las costas, asiste razón a la demandada en función de la naturaleza de las cuestiones involucradas en autos. Por eso, corresponde modificar la imposición de las costas de la instancia anterior y distribuirlas por su orden (cfr. art. 68, segunda parte, del CPCCN y esta Sala, doct. causa CAF 67/25 “Hanisch, Elisabeth Cristina c/ EN - M Justicia y DDHH - ley 26913 s/amparo por mora”, sent. del 4/9/25)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el texto suministrado.
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Leyes que cita
- Ley 26.913Regimen reparatorio
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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