JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

GALLO, GUILLERMO GABRIEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron la ejecución de adeudos laborales (intereses) por $991.219,51 contra el Estado nacional (M. Seguridad - PFA). La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto y confirmó la providencia que intimó a la demandada a informar disponibilidad de fondos y plazo de pago, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 061559/2016/CA004
Ejecucion coactiva Intereses laborales Inapelabilidad Art. 242 cpccn Costas Monto Acordada csjn Ley 26.536 Camara contencioso administrativo federal Disponibilidad de fondos

¿Quién es el actor?

GALLO, GUILLERMO GABRIEL y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Seguridad - Policía Federal Argentina (EN - M SEGURIDAD - PFA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de créditos laborales —intereses— y ejecución coactiva; intimación a la demandada para informar la disponibilidad de fondos y plazo de pago de la suma de $991.219,51.

¿Qué se resolvió?

la Cámara resolvió declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto y confirmó la providencia que intimó a la demandada a informar la disponibilidad de fondos y el plazo de pago, imponiendo costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, según el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, resultan inapelables las resoluciones —cualquiera fuere su naturaleza— que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado no supere la suma que establece en su art. 242, segundo párrafo (cfr. valor fijado por ley 26.536; y modificado paulatinamente por Acordadas CSJN 16/14, 45/16, 43/18, 41/19, 14/22, 10/24 y 20/25)."

"Que, a los fines de determinar la admisibilidad del recurso, deberá considerarse el monto correspondiente a la fecha en que se solicitó la ejecución de las acreencias reconocidas en autos, toda vez que es a partir de ese momento que se inicia un nuevo estado procesal (en igual sentido, esta Sala, 'Zattoni, Jesica Viviana y otros c/ EN-M Seguridad- PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg', causa 56758/17, sentencia del 29/5/25 y su cita)."

"Que, en la especie, la ejecución coactiva se inició formalmente con el planteo de la parte actora del 5/12/23. En consecuencia, la suma involucrada en la apelación se relaciona con liquidaciones cuyos montos, considerados individualmente —confr. autos aprobatorios del 9/4/21 (fs. 209) y 15/6/22 (fs. 275)—, no alcanzan el importe mínimo de $700.000 (cfr. art. 242, cuarto párrafo, del CPCCN; y Acordada CSJN 14/22, cit.)."

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan disidencias en la Parte Resolutiva; la decisión es la que figura en el bloque dispositivo final.

Leyes que cita

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