ORTIZ MANUEL OSCAR c/ CLINICA INDARTE SAC Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
Demanda por daños y perjuicios por mala praxis médica tras fallecimiento de la paciente; la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil hizo lugar parcialmente a los recursos: confirmó la responsabilidad de la clínica, elevó las indemnizaciones por incapacidad psicológica, tratamiento y daño moral, confirmó el rechazo del rubro “valor vida”, modificó el régimen de intereses y ordenó la actualización proporcional del límite de cobertura del seguro.
¿Quién es el actor?
M. O. O. (demandante, heredero forzoso).
¿A quién se demanda?
Clínica I. S.A.C. (establecimiento asistencial) y P. C. A. de S. G. S.A. (aseguradora citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por responsabilidad profesional médica por la muerte de W. T. y secuelas psicológicas del actor.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría se declaró desierto el recurso de la Clínica respecto de su responsabilidad y se rechazaron sus restantes quejas; se hizo lugar parcialmente a la apelación del actor elevando las sumas por incapacidad psicológica sobreviniente a $7.500.000, por tratamiento psicoterapéutico a $1.120.000 y por daño extrapatrimonial a $4.100.000, se confirmó el rechazo del rubro “valor vida”; se hizo lugar al agravio de la aseguradora respecto de intereses y se fijó que los capitales devengarán desde el 23/04/2011 hasta la sentencia de primera instancia un interés del 8% anual y desde entonces hasta el pago la tasa activa cartera general del BNA; se admitió parcialmente el agravio sobre límite de cobertura y se ordenó su actualización proporcional manteniéndose su oponibilidad; se confirmaron costas de primera instancia e impusieron las de Alzada a la Clínica y a la Aseguradora (art. 68 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"tomando en cuenta no sólo las “Consideraciones médico legales” transcriptas sino también la historia clínica (con importantes carencias, saltos, baches, omisiones, etc.) y las acciones y/u omisiones de los profesionales intervinientes, la muerte de la Sra. W. T. se produjo a causa de impericia y negligencia de estos". (informe pericial Dr. C. H. V., citado en considerando)
"el actor vivió un proceso traumático, el cual concluyo con el fallecimiento de su madre, pero que continua hasta la actualidad ... configurando una incapacidad por Trastorno por Estrés Postraumático crónico leve del 10%, según Baremo Altube-Rinaldi ... Se aconseja tratamiento durante tres a seis meses, el costo de la sesión es entre $500 y $1.000 por sesión..." (informe pericial psicológico, fs. 276/284).
"Por ello, corresponde establecer que, desde la fecha de la mora –23 de abril de 2011, fecha del fallecimiento– y hasta la sentencia de primera instancia, los capitales de condena devengarán un interés del 8% anual. A partir de dicho pronunciamiento y hasta el efectivo pago, se aplicará la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina..." (considerando sobre intereses).
¿Cómo votaron los jueces?
la Dra. Samanta Biscardi adhirió al voto propuesto con salvedades respecto del cómputo de intereses aplicables a los tratamientos futuros (propuso computarlos al 8% desde la confección del dictamen pericial psicológico, 11/04/2019, hasta esa fecha); dicha salvedad no cambió la decisión mayoritaria plasmada en la parte dispositiva.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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