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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ MARTINEZ MARIA FRANCISCA Y OTRO/A S/ APREMIO

Ejecución fiscal municipal por deuda certificada por $2.803.035,58 con orden de trance y remate. El Tribunal hace lugar a la ejecución, ordena proceder al trance y remate por el capital reclamado y aplicación de intereses conforme ordenanzas municipales, imponiendo costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - MORENO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MG-8304-2025
Ejecucion fiscal Apremio Trance y remate Ley 13.406 Certificado municipal Intereses Costas Desistimiento Notificacion por ministerio de ley Monto $2.803.035 58

¿Quién es el actor?

MUNICIPALIDAD DE MORENO.

¿A quién se demanda?

MARIA FRANCISCA MARTINEZ (y otro/a).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por capital reclamado según certificado municipal presentado el 16/5/25 por PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TREINTA Y CINCO CON 58/100 ($2.803.035,58) más intereses según ordenanzas municipales; pedido de trance y remate.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado de $2.803.035,58; intereses desde el vencimiento de cada período contenido en el título ejecutivo (certificado de 16/5/25) y hasta su efectivo pago; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida; notificación por ministerio de ley; domicilio constituido en estrados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Agréguese y téngase presente el desistimiento del demandado genérico

No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPC).

Se deja constancia que la ejecutada fue intimada de pago en el domicilio de la calle AV. NESTOR KIRCHNER, EX AV JULIO ARGENTINO ROCA 3650 DE MORENO. (ver mandamiento agregado el 19/6/26 )."

"Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma.Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art. 5 de la dto.-ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 16/5/25 en las condiciones allí referidas."

"Por ello, conforme lo pedido, lo dispuesto en la Ley 13.406 y en los artículos 540 y 549 del Cód. Proc. FALLO esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada MARIA FRANCISCA MARTINEZ haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TREINTA Y CINCO CON 58/100 ($2.803.035,58), a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts. 9 y 10 de la ley 13.406), con la salvedad expuesta en el cuarto párrafo; desde el vencimiento de cada período contenido en el Título Ejecutivo presentado con fecha 16/5/25 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas de la ejecución a la demandada vencida(arts. 68 y 556 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 ley 14967). Tiénese al demandado por constituído el domicilio en los estrados del juzgado, notifíquese por ministerio ley (arts. 7, 13 Ley 13.406 y 41, 133 del CPCC)."

(Se consignan tal cual las citas textuales relevantes contenidas en la sentencia; no consta voto dividido ni bloque dispositivo en disidencia.)

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