MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ OCAMPOS LESCANO ARMINDA GRACIELA Y OTRO/A S/ APREMIO
La Municipalidad de Moreno promovió ejecución por apremio reclamando capital y accesorios derivados de tasas municipales. El Tribunal declaró la causa de trance y remate, ordenó llevar adelante la ejecución contra la demandada por $100.666,50 más intereses conforme ordenanzas municipales, imponiendo costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE MORENO.
¿A quién se demanda?
ARMINDA GRACIELA OCAMPOS LESCANO (y otro/a según carátula).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio del capital reclamado consignado en el título ejecutivo presentado el 13/10/2021 por la suma de PESOS CIEN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 50/100 ($100.666,50), con aplicación de intereses conforme ordenanzas municipales desde el vencimiento de cada período contenido en el título hasta su pago efectivo.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la ejecución; se declara la causa de trance y remate y se manda llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado de $100.666,50 más intereses según ordenanzas municipales; se imponen las costas a la demandada; se difiere la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts.116 y 155 del CPC)."
"Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma. Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art.5 de la dto.- ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 13/10/2021 en las condiciones allí referidas."
"Por ello, conforme lo pedido, lo dispuesto en la Ley 13.406 y en los artículos 540 y 549 del Cód. Proc. FALLO esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada ARMINDA GRACIELA OCAMPOS LESCANO haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS CIEN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 50/100 ($100.666,50), a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts.9 y 10 de la ley 13.406),con la salvedad expuesta en el cuarto párrafo; desde el vencimiento de cada período contenido en el Título Ejecutivo presentado con fecha 13/10/2021 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas de la ejecución a la demandada vencida(arts.68 y 556 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art.51 ley 14967). Tiénese al demandado por constituído el domicilio en los estrados del juzgado, notifíquese por ministerio ley (arts.7, 13 Ley 13.406 y 41, 133 del CPCC)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.