MUNICIPALIDAD DE GENERAL RODRIGUEZ C/ OTTIMO IMPORTADORA S.A S/ APREMIO
Ejecución por apremio municipal por deuda tributaria y orden de trance y remate. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, autorizó el trance y remate por la suma de $1.095.703,45 más intereses según ordenanzas municipales y condenó en costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE GENERAL RODRIGUEZ.
¿A quién se demanda?
OTTIMO IMPORTADORA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio y cobro del capital reclamado según título ejecutivo municipal (certificado presentado el 20/4/2026).
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente la ejecución; se decretó trance y remate y se ordenó continuar la ejecución hasta que la ejecutada abone íntegramente el capital reclamado de PESOS UN MILLÓN NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRES CON 45/100 ($1.095.703,45), más intereses conforme ordenanzas municipales; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPC)."
"Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma.Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art. 5 de la dto.-ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 20/4/2026 en las condiciones allí referidas."
"Por ello, conforme lo pedido, lo dispuesto en la Ley 13.406 y en los artículos 540 y 549 del Cód. Proc. FALLO esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada OTTIMO IMPORTADORA SA haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS UN MILLON NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRES CON 45/100 ($1.095.703,45), a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts. 9 y 10 de la ley 13.406), con la salvedad expuesta en el cuarto párrafo; desde el vencimiento de cada período contenido en el Título Ejecutivo presentado con fecha 20/4/2026 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas de la ejecución a la demandada vencida(arts. 68 y 556 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 ley 14967). Tiénese al demandado por constituído el domicilio en los estrados del juzgado, notifíquese por ministerio ley (arts. 7, 13 Ley 13.406 y 41, 133 del CPCC)."
Notas procesales relevantes: Se dejó constancia de la intimación de pago en Av. España Nº 178, Gral. Rodríguez (mandamiento agregado 3/9/2026). Se menciona cambio de criterio del juez por precedente de Cámara (19/10/2020, Expte MG26881/19). Se registró que las presentaciones electrónicas no habían impactado correctamente en el sistema.
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
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