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Primera Instancia

PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.- C/ ENCINA EDUARDO DIEGO Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA

Ejecución prendaria promovida por PLAN ROMBO SA para cobrar saldo de deuda derivada de contrato de ahorro y préstamo para fines determinados. El Tribunal ordenó proceder con la ejecución y condenó a los ejecutados al pago de $350.610,96 más intereses, limitando la tasa anual a 8% compensatoria y 4% punitoria (12% anual total) y sujetando el ajuste a la cláusula contractual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
98637
Ejecucion prendaria Plan de ahorro y prestamo Clausula de ajuste Intereses Limite tasa anual 12% Certificacion contable $350.610 96 Mora 13/11/2018 Costas Perdida del derecho procesal Ajuste contractual.

¿Quién es el actor?

PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.

¿A quién se demanda?

ENCINA EDUARDO DIEGO y CANCINOS DANIELA LORENA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución prendaria para el cobro de la deuda certificada surgida de un plan de ahorro y préstamo para adquisición de un rodado, con aplicación de cláusula de ajuste contractual.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó continuar la ejecución, condenando a los ejecutados al pago de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS DIEZ CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($350.610,96) más intereses desde la mora (13/11/2018), ajustando la certificación desde su fecha (14/10/2021) hasta el efectivo pago conforme al "Punto-VI" del contrato prendario; los intereses se calcularán conforme lo pactado por las partes pero no podrán exceder una tasa fija anual del 8% compensatoria y 4% punitoria (12% anual total). Costas a la demandada vencida. Reserva de regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Encontrándose las presentes actuaciones en estado de dictar sentencia... Habiéndose presentado en autos los demandados, el Sr. ENCINA EDUARDO DIEGO con fecha 10/11/2022 y la Sra. CANCINOS DANIELA LORENA con fecha 12/09/2025 de forma espontanea y no habiendo opuesto excepciones, dásele por perdido el derecho que han dejado de usar (arts.155 y 166 del C.P.C.)."

"Que mediante el sistema de 'ahorro y préstamo para fines determinados' la empresa vendedora crea una cadena de clientes que efectúan los pagos anticipados... En esta inteligencia, las partes pactan el reajuste de la cuota en función de la variación del precio del bien comercializado, debido a que es de este modo que las cuotas abonadas por los integrantes del grupo resultarán suficientes para adquirir -en este caso- el rodado en cuestión."

"Si bien se ha dicho que la tasa activa resulta adecuada para resarcir el incumplimiento relacionado con un capital definitivamente establecido en dinero; frente a un capital que cuenta con un mecanismo propio de valoración, no es necesario atemperar la disminución del poder adquisitivo de la moneda por intermedio de dicha tasa, sino que, por el contrario, corresponde aplicar un interés puro... al aplicar la tasa activa al monto resultante de la cláusula de ajuste, se produciría una excesiva e irrazonable onerosidad que desequilibra el sinalagma contractual por acumularse dos mecanismos dirigidos a mantener el valor de la obligación, lo que en definitiva provoca un enriquecimiento sin causa del acreedor a costa del patrimonio del deudor."

¿Qué se resolvió?

"Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los ejecutados CANCINOS DANIELA LORENA y ENCINA EDUARDO DIEGO hagan al acreedor PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.- íntegro pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS DIEZ CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($350.610,96) monto que surge de la certificación contable de deuda acompañada en PDF al libelo de inicio (ver 14/10/2021), el que deberá ser ajustado desde la fecha de la mentada certificación y hasta el efectivo pago, conforme lo pactado en el 'Punto-VI' contrato prendario."

"La suma descripta es debida con más los intereses que se devenguen desde la mora del deudor operada el 13/11/2018 (art. 4° de la ley 21.309), los que se calcularán conforme lo pactado por las partes en el documento base de la presente ejecución, siempre y cuando no superen una tasa fija anual del 8% correspondiente a intereses compensatorios y 4% de punitorios; lo que totaliza una tasa de interés anual fija del 12%."

¿Cómo votaron los jueces?

el texto no contiene votos separados ni firma individualizada; la decisión se impone por el bloque dispositvo final, que es lo que aquí se reproduce y sigue como decisión mayoritaria.

Normas que cita

  • CPCCarts. 155, 166, 540, 548, 549, 68, 556, 557
  • Ley 21309art. 4
  • CCyCarts. 767, 768, 769, 771 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 8904 (Provincial (scba))art. 23
  • Ley 14967 (Provincial (scba))art. 54

Fallos que cita

  • Volkswagen S.A. De Ahorro Para Fines Determinados C/ Gaspar Maria Belen S/Ejecucion Prendaria Reg. Sent. Int: 97 Folio Sent. Int: 154Sala I Departamental (SCBA) · 27/04/2017
  • Della Cha c/ Vía Bariloche SRL s/ ds. y ps.CNCiv Sala K · 15/09/2020

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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