BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CASTILLO ROJAS JOSE ROBERTO S/ COBRO EJECUTIVO
Ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires por saldos de tarjetas y préstamo. El Tribunal ordenó continuar la ejecución por capital $2.803.796,60 y morigeró las tasas de interés contractuales, aplicando la tasa activa del Banco Provincia desde las fechas de mora hasta el pago.
¿Quién es el actor?
Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Natalia Romina Spagoni (apoderada).
¿A quién se demanda?
Castillo Rojas José Roberto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por saldo deudor total $2.803.796,60, integrado por tarjeta Mastercard $1.432.540,13 (fecha de mora 10/6/2024), tarjeta Visa $1.153.256,47 (fecha de mora 5/8/2024) y préstamo N°335-04288723-4 por $218.000 (fecha de mora 29/2/2024).
¿Qué se resolvió?
Se ordena llevar adelante la ejecución sobre el demandado hasta que abone íntegramente el capital reclamado de $2.803.796,60 más los intereses que se liquidarán conforme a las pautas fijadas (morigeración de tasas). Se imponen las costas al ejecutado y se difiere la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"PRIMERO: Que encontrándose vencido el plazo legal para que el demandado oponga excepciones conforme lo informado verbalmente por el Actuario (art. 116 del CPCC), corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)."
"SEGUNDO: Intereses: A) En los concerniente a los intereses que surgen del contrato de préstamo N°335-04288723-4 aportado, debo señalar que las partes han acordado que, para el caso de que se incurra en mora por la falta de pago, como lo es el caso de autos, se aplicará en concepto de interés fijo anual el 286,13% T.E.A.V. desde la fecha de mora. Analizado ello, y siendo que resultan excesivos los pactados, corresponde morigerarlos, aplicando desde la fecha de mora (29/2/2024) y hasta el efectivo pago, por todo concepto la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa) (arg. art 771 del CCCN)."
"B) En cuanto a los intereses correspondientes a la suma adeudada por el contrato de tarjetas de créditos MASTERCARD y VISA, debo señalar que las partes han acordado que, para el caso de que se incurra en mora por la falta de pago, como lo es el caso de autos, se aplicará en concepto de compensatorios el 129,55% T.E.A.V., con más los punitorios pactados en el 52,59% T.E.A.V. de éstos desde las fechas de mora. Analizado ello, y siendo que resultan excesivos los pactados, corresponde morigerarlos, aplicando desde las fechas de mora infra indicadas y hasta el efectivo pago, por todo concepto la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa) (arg. art 771 del CCCN)."
"Las costas de la presente ejecución se imponen al ejecutado en su carácter de vencido, difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno (art. 51 de la ley 14.967)."
Bloque dispositvo final (FALLO):
"PRIMERO: Mandar a llevar adelante la ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra CASTILLO ROJAS JOSÉ ROBERTO hasta tanto el ejecutado haga al acreedor íntegro pago la suma del capital reclamado de $2.803.796,60 ... con más los intereses que se liquidarán conforme a las pautas establecidas en el considerando segundo, desde la fecha en que se produjo la mora hasta la de su efectivo pago.
SEGUNDO: Imponer las costas por la presente ejecución al demandado en su carácter de vencido, difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.
TERCERO: Téngase por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC.)."
(No consta voto en disidencia; el fallo aparece como providencia unitaria.)
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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