MACARIO SANDRA ELIZABETH Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramita sucesión abintestato por el fallecimiento de José Luis Paije y de Sandra Elizabeth Macario, sin descendencia. El Tribunal declaró por derecho heredera universal de José Luis a su cónyuge Sandra Elizabeth Macario y, a su vez, declaró por derecho heredero universal de Sandra a su padre Roberto José Macario, conforme arts. 2424, 2431 y 2435 del CCCN.
¿Quién es el actor?
MACARIO SANDRA ELIZABETH y ROBERTO JOSÉ MACARIO (constan en la carátula y en las presentaciones electrónicas).
¿A quién se demanda?
Acto sucesorio fragmentado por el fallecimiento de los causantes; el causante principal: JOSÉ LUIS PAIJE (fallecido 10/7/2022).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apertura de la sucesión ab-intestato y declaración de herederos y títulos hereditarios.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó la apertura de la sucesión; se declaró heredera universal de JOSÉ LUIS PAIJE a su cónyuge SANDRA ELIZABETH MACARIO; y se declaró heredero universal de SANDRA ELIZABETH MACARIO a su padre ROBERTO JOSÉ MACARIO. Regístrese. Notifíquese conforme Ac. 4013/2021 SCBA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) Que con el certificado de defunción acompañado en fecha 3/8/2026 se acredita el fallecimiento de José Luis Paije ocurrido el día 10/7/2022.-
2º) Que con el certificado de defunción acompañado en fecha 3/8/2026 se acredita el fallecimiento de Sandra Elizabeth Macario ocurrido el día 21/4/2026.-
3º) Que los causantes contrajeron matrimonio el día 24/5/1985 conforme se acredita en la presentación electrónica de fecha 3/8/2026.-
4º) Que de dicha unión no hubo descendencia.-
5º) Que el causante Sr. José Luis Paije era hijo de José Paije fallecido el 27/12/1993 conforme se acredita en la presentación electrónica del 24/8/2026, y de Jesús Herminia López fallecida el 18/7/2011 conforme se acredita en la presentación electrónica del 24/8/2026.-
6º) Que la causante Sra. Sandra Elizabeth Macario era hija de Roberto José Macario, y de Orlanda Dos Santos fallecida el 19/1/2016 conforme se acredita en la presentación electrónica del 24/8/2026.-
7º) Que por auto de fecha 1/9/2026 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley acompañado en el escrito electrónico presentado en fecha 13/10/2026, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente (art. 116 del CPCC.).-
Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2435 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de JOSÉ LUIS PAIJE le sucede en carácter de universal heredera, su cónyuge SANDRA ELIZABETH MACARIO, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.-
A su vez, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2431 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de SANDRA ELIZABETH MACARIO le sucede en carácter de universal heredero su padre ROBERTO JOSÉ MACARIO. REGISTRESE.-"
(No se identifican votos en disidencia en la providencia; la decisión se expone en el cuerpo decisorio indicado.)
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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