BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ZALAZAR PABLO ROBERTO S/ COBRO EJECUTIVO
El banco demandó en ejecución por saldos de tarjetas de crédito por $483.705,76 reclamando capital e intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó su continuación hasta el pago del capital reclamado más intereses calculados según T.N.A.V. (65% compensatorios; 32,5% punitorios) y condenó en costas al ejecutado.
¿Quién es el actor?
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por su apoderada Dra. Claudia Haydee Villa.
¿A quién se demanda?
Sr. PABLO ROBERTO ZALAZAR.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por saldo de Tarjeta MASTERCARD Nº 1055733-0 por $245.754,81 y Tarjeta VISA Nº 987914675 por $237.950,95, suma total reclamada $483.705,76.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado ($483.705,76) más intereses que se liquidarán conforme al considerando segundo; se impusieron las costas al ejecutado; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"PRIMERO: Que encontrándose vencido el plazo legal para que el demandado oponga excepciones corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC).-
SEGUNDO: Respecto a los intereses, teniendo a la vista lo pactado en el contrato de tarjeta de crédito VISA y MASTERCARD aportado, no siendo excesivos los intereses pactados, los mismos deben ser liquidados según la T.N.A.V. del 65% para los compensatorios y del 32,5% para los punitorios, los que deberán ser calculados desde la fecha de mora (7-11-22 y 12-09-2022, respectivamente) y hasta su efectivo pago.- TERCERO: Las costas han de ser impuestas al accionado en su carácter de vencido (arts. 556 y 68 del CPCC.).-"
"FALLO: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra PABLO ROBERTO ZALAZAR hasta tanto el ejecutado haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $483.705,76 (Pesos cuatrocientos ochenta y tres mil setecientos cinco con setenta y seis centavos) con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2º) Imponiendo las costas al accionado vencido y difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14.967. 3º) Teniéndose por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC.)."
Intervención del Agente Fiscal: Se confirió vista al Agente Fiscal en los términos del art. 52 de la Ley 24.240; presentó el 14/09/2026 y dictaminó que "se deberá tener presente el derecho del consumidor" (mencionado en el expediente).
Fechas y montos relevantes: presentación de demanda 01/02/2023; apercibimiento e intimación ordenada el 09/08/2023; fechas de mora 07-11-2022 (una tarjeta) y 12-09-2022 (otra); capital reclamado $483.705,76; T.N.A.V. 65% (compensatorios) y 32,5% (punitorios).
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
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