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Primera Instancia

RIZZATO ROMEO Y PEGORARO NORINA JOSEFINA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El pedido de declaratoria de herederos por muerte ab-intestato de Norina Josefina Pegoraro. El Tribunal declara que le suceden como herederos universales sus cinco hijos y, en lo que corresponda, su cónyuge Romeo Rizzato, aplicando la ley vigente al fallecimiento y las normas del Código Civil pertinentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-24787-2025
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Derecho aplicable Codigo civil (ley anterior) Codigo civil y comercial (art. 7) Hijos Conyuge Publicacion de edictos Actuaciones registrales Ac. 4013/2021 scba

¿Quién es el actor?

Los peticionantes son los presuntos herederos: Esteban Humberto Rizzato; Liliana Eleonora Rizzato; Dante Luciano Rizzato; Paola Carolina Rizzato; Marcelo Andrés Romeo Rizzato y el cónyuge Romeo Rizzato, representados por letrados (Dra. Elebi y Dr. Gallera).

¿A quién se demanda?

La sucesión de la causante Norina Josefina Pegoraro (fallecida).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos ab-intestato de la sucesión de Norina Josefina Pegoraro.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la declaratoria de herederos y se declara que por fallecimiento de Norina Josefina Pegoraro le suceden en carácter de universales herederos sus hijos y, en cuanto a bienes propios, su cónyuge Romeo Rizzato, con expresa mención de los derechos sobre los gananciales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a lo dispuesto por el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación (sancionado por Ley 26994), toda vez que el derecho sucesorio del heredero 'ab intestato' se rige por la ley vigente al momento de la muerte de la Sra. Norina Josefina Pegoraro ha de dictarse la declaratoria de herederos conforme lo normado por el Código Civil de la Nación, atento la fecha de fallecimiento del causante de autos."

"Que con el certificado de defunción acompañado en fecha 14/7/2026 se acredita el fallecimiento de Norina Josefina Pegoraro ocurrido el día 23/09/2014."

"Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 3410, 3545, 3565 y 3570 del código civil, y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Norina Josefina Pegoraro le suceden en carácter de universales herederos, sus hijos Esteban Humberto Rizzato, Liliana Eleonora Rizzato, Dante Luciano Rizzato, Paola Carolina Rizzato y Marcelo Andrés Romeo Rizzato y su cónyuge Romeo Rizzato, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE."

(Notificación/otros actos procesales relevantes)

"Por auto de fecha 17/07/2026 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente (art. 116 del CPCC.)."

Normas que cita

  • Ley 26994art. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • COD. CIVIL Y COMERCIAL (CCCN)art. 2340
  • COD. CIVIL (texto anterior)arts. 3410, 3545, 3565, 3570
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 116, 735, 737
  • Acordada 4013/2021 (Scba)
  • Ley 340

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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