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Primera Instancia

KOTLIAR LUISA ADRIANA C/ ZAMBRANO JUAN S/ COBRO EJECUTIVO

La actora promovió ejecución cambiaria por cobro de nueve cheques por un total de $6.501.250. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses, impuso las costas al ejecutado y constituyó domicilio procesal en los estrados del Juzgado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-26533-2024
Ejecucion cambiaria Cheques rechazados Intereses tasa activa bapro Ejecucion de cobro ejecutivo Costas al vencido Domicilio procesal Art. 549 cpcc Art. 556 cpcc Ley 14.967 art. 51 Ac. 4013/2021 scba

¿Quién es el actor?

LUISA ADRIANA KOTLIAR, representada por el Dr. Guido Baraldo.

¿A quién se demanda?

JUAN ZAMBRANO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por el cobro ejecutivo derivado del libramiento y rechazo de 9 cheques por la suma total de $6.501.250; cheques con fechas de mora entre el 31-05-2024 y el 10-07-2024 (se detallan números y montos en la sentencia).

¿Qué se resolvió?

Se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga el pago íntegro del capital de $6.501.250 con más los intereses que se liquidarán según la pauta indicada; costas al vencido; se difiere regulación de honorarios conforme art. 51 Ley 14.967; se tiene por constituido domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"PRIMERO: Que encontrándose vencido el plazo legal para que la demandada oponga excepciones corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC).-

SEGUNDO: Respecto a los intereses, deben ser liquidados según la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa) vigente en los distintos períodos de aplicación, el que será calculado desde las fechas de mora (respecto del cheque N° 59054336 el 01-07-2024, el Nº 59054335 el 31-05-2024, ambos por la suma de $920.000, el Nº58564127 el día 03-06-2024 por la suma de $281.250, el Nº59054292 en fecha 06-06-2024, Nº 59054293 el día 10-07-2024, ambos por la suma de $864.000, Nº 58778322 el 04-06-2024 y el Nº58778323 el 04-07-2024, ambos por la suma de $765.000, el Nº 58778303 en fecha 01-06-2024 y el Nº 58778304 el 02-07-2024, ambos por la suma de $561.000, respectivamente), y hasta su efectivo pago.-

TERCERO: Las costas han de ser impuestas al accionado en su carácter de vencido (arts. 556 y 68 del CPCC.).-

¿Qué se resolvió?

1º) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por LUISA ADRIANA KOTLIAR contra JUAN ZAMBRANO hasta tanto el ejecutado haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $6.501.250 (Pesos seis millones quinientos un mil doscientos cincuenta), con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2º) Imponiendo las costas al accionado vencido y difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14.967. 3º) Teniendo por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC.). REGISTRESE. NOTIFIQUESE la presente al ejecutado "ministerio legis" (art. 133 C.PC.C; Cám. Apel. Morón, Sala Segunda, Causa Nro 58662 RS. 184/2011 "Vicente Ilda C/ Lopez Juan Carlos S/ Ejecución de Honorarios").-"

(El Tribunal además ordena notificar conforme Ac. 4013/2021 de la SCBA y registra las notificaciones electrónicas.)

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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